La semana pasada, por medio de la Resolución General N°4524, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha establecido la nueva escala de bienes personales 2019. Estos montos establecidos por el organismo a cargo de Leandro Cuccioli tendrán que ser tenidos en cuenta por los contribuyentes a la hora de calcular los anticipos correspondientes al período fiscal 2018.
En la RG se han introducido los cambios en el Impuesto sobre los Bienes Personales previstos en la Ley 27.480. Los nuevos importes deben tenerse en cuenta para pagar los anticipos del año pasado.
Valor total de los bienes que excedan el mínimo no imponible | Pagarán $ | Más el % | Sobre el excedente de $ | |
---|---|---|---|---|
Más de $ | A $ | |||
0 | 3.000.000 inclusive | 0 | 0,25 | 0 |
3.000.000 | 18.000.000 inclusive | 7.500 | 0,50 | 3.000.000 |
18.000.000 | en adelante | 82.500 | 0,75 | 18.000.000 |
La reforma tributaria dispuso que el mínimo exento del tributo es de dos millones de pesos. Además se ha establecido una exención para la casa habitación equivalente a dieciocho millones de pesos.
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