Estudiante de Becas Progresar con un libro

Planilla Excel, empleados de comercio, pueden liquidar su sueldo del mes de diciembre

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó desde el mes de abril del 2008 el 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril de 2008 8% Julio 6% Septiembre 6% Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativa En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no […]

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó desde el mes de abril del 2008 el 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  1. Abril de 2008 8%
  2. Julio 6%
  3. Septiembre 6%

Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativa

  • En el mes de junio de 2008 se abonara:

Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa

  • En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.

Bajar Planilla Excel liquidación del sueldo de diciembre

Seguinos

119 comentarios en “Planilla Excel, empleados de comercio, pueden liquidar su sueldo del mes de diciembre”

  1. FABIANA: se tienen en cuenta los conceptos remunerativos como básico, antigüedad, horas extra, comisiones, etc.

  2. La liquidacion de Enero fue 16 dias trabajados y 14 de vacaciones, sobre los 16 si le aplicaron el 20% del acuerdo, los $100 no Rem y presentismo sobre estos dos. En cambio en el recibo de las vacaciones, nada. No debería liquidarse el 20% del ac. y su presentismo?

  3. Cómo calculo mis vacaciones, soy empleada de comercio con 14 años de antigüedad (cat. C), sueldo básico 1.340,28; asig. familiar x 2. Mi duda es qué items se tienen en cuenta para el cálculo?
    Muchas gracias.

  4. Hola, si tuve 14 días de vacaciones en un mes (es decir, mitad de mes trabajando y mitad de mes de vacaciones)… al sueldo de ese mes, corresponde la mitad de las sumas NO remunerativas? es decir 30 pesos de movilidad y 50 del acuerdo abril2008? o corresponde el 100%?
    Muchas gracias

Los comentarios están cerrados.