La Federación Argentina de Empleados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó desde el mes de abril del 2008 el 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativa
- En el mes de junio de 2008 se abonara:
Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
- En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Bajar Planilla Excel liquidación del sueldo de diciembre
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
claudio: la cuota sindical SEC es obligatoria no te podes «borrar», el descuento por afiliacio es el opcional (1%), no te deben descontar si no firmaste ninguna planilla de afiliación
Hola graciela, les hago una pregunta, el 2% del SEC (o FEC) que es el Sindicato, es obligatorio, o me puedo borrar??. Idem con el Faecys…. MUCHAS GRACIAS
Quisiera saber si me pueden informar si corresponde retener por seguro (empleado de comercio)y cual es el porcentaje.
saludo atte.
Giselle: podés encontrar el acuerdo en http://www.sec.org.ar
Giselle: el presentismo no remunerativo corresponde por convenio (que tiene validez legal). Es por acuerdo salarial de Abril 2008. Homologacion 510/08 del Ministerio de Trabajo. Leelo ahí está todo eso y más