Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.
Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.
Renuncia del empleado doméstico
Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.
Despido de empleado doméstico
La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.
También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.
En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.
Si cuido personas mayores y también hago tareas generales como limpieza y cocinar sin retiro cuanto seria mi sueldo? Estoy cumpliendo las dos funciones.
Mínimo $22564.50 al mes
Hola mi empleador no m deposit él sueēldó q Debo aser eĺla quiere q vaya al trabajo
Que pasa si no soy esencial , mi empleadora me hace ir igual por qué si no voy no me paga, y en la casa no cumplen con el protocolo.
Hola,cual y como debería ser mi indemnización habiendo renunciado no estando en registrada ,
Buenos días, en caso de fallecimiento del empleador, como sería la liquidación?
Los familiares deberian pagar los días trabajados