Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?

Consultá qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido de un empelado del servicio doméstico.

Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.

Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.

Renuncia del empleado doméstico

Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.

Despido de empleado doméstico

La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.

En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.

505 comentarios en “Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?”

  1. María del carmen

    Trabaje 3 años y medio de lunes a viernes con cama y quiero renunciar cuanto me corresponde ; aparte de cuidar a la anciana también con Alzheimer

  2. Hola,recibi un telegrama de despido soy trabajadora por hora .
    Cómo cálculo la indemnización y si me corresponde el fondo de desempleo?

  3. Hola b.dia renuncie el 29 de septiembre 2020porque ya podia más de dolor y sin fuerza en mis manos por sufrir túnel carpio ya operada resientemente . Y ahora tengo para varios meces de no poder hacer nada mi pregunta anses te da ayuda ya que no tengo ningun beneficio .espero respuesta gracias

      1. Ese es mentira , hace unos 5 años me echaron de una casa y al presentarme a inicializar el fondo de desempleo, me dijeron que no podía cobrarlo ya que mi empleador no abonó mensualmente un pago de no se que… que tendría que haber abonado cada mes para cubrir el pago a un futuro y poder cobrar el fondo de desempleo… gracias

      2. Siempre aclaro que para tener todos los derechos si se trabaja por semana menos de 12 horas, antes eran 6 horas o el empleador hace el mínimo de aportes Se deben pagar los aportes voluntarios hasta cubrir el monto de las 16 horas semanales, caso contrario no se tiene derecho a obra social ni futura jubilación El trabajador lo ve en el recibo que si o si debe entregar su empleador

  4. Hola b.dia renuncie el 29 de septiembre porque ya podia más de dolor y sin fuerza en mis manos por sufrir túnel carpio ya operada resientemente . Y ahora tengo para varios meces de no poder hacer nada mi pregunta anses te da ayuda ya que no tengo ningun beneficio .espero respuesta gracias

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