Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?

Consultá qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido de un empelado del servicio doméstico.

Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.

Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.

Renuncia del empleado doméstico

Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.

Despido de empleado doméstico

La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.

En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.

505 comentarios en “Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?”

  1. Hola tengo trabajando 8 y la persona que cuidaba murió hace ocho meses y sigo trabajando en casa pero con tareas del hogar cosa la que no fui contratada quiero renunciar que me corresponde en mi liquidación gracias

  2. Hola buen dia!!! Mande el telegrama de renuncia el dia martes 4 y todavia me dicen que cuando este la liquidacion pase por la oficina a firmar la baja. Cuanto mas tengo que esperar?

  3. Buenas! Una consulta está semana que viene voy a renunciar mi trabajo de empleada doméstica de tarea general, cama dentro. Necesito saber que debo tener en cuenta cuando pida mi renuncia. Tengo llevado 5 años y dos meses trabajando. Espero su respuesta porfavor. Gracias

  4. Hola, me despidio hoy del trabajo, trabajé 2 años y 2 meses 20 horas a la semana, que me corresponde cobrar? Me tiene que mandar el telegrama de despido?

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