Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?

Consultá qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido de un empelado del servicio doméstico.

Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.

Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.

Renuncia del empleado doméstico

Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.

Despido de empleado doméstico

La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.

En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.

505 comentarios en “Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?”

  1. soy empleada doméstica trabajo hace 19 años en enero le dije q iba a trabajar hasta agosto y me tome las vacaciones cuando volvi me entere q iban a vender la casa. y se iba a mudar como es un poco mas lejo yo le dije q no iba a ir con ello quiero saber si renuncio me corresponde algo o no.

  2. Buenas hace 2 años y 5 meses empezemos un trabajo ingresando viernes 20:30 hasta lunes 8:30 abonado por hora pero inferior a lo que corresponde ,luego de un mes se me agrego de lunes a jueves de 20:30 a 8:30 mensualizado en negro por un más de un año ahora eso está blanqueado.
    El problema que hace un tiempo me sacaron un día del finde ,sin previo aviso y hace un el otro día con unas excusas económicas,luego veo que contratan otra chica,yo me estoy sintiendo despedida lentamente como para no pagarme lo que corresponde al disualver nuestro tratos,es así o estoy equivocada?
    Que debo hacer en este caso?graciad

  3. voy a renunciar y nec saber si hay alguna forma de no perder la antiguedad y en que tiempo tiene para hacer efectivo el pago total de la liquidacion

  4. Hola buenas noche soy empleada doméstica hace 6 años q estoy en blanco en tareas generales por 16 horas semanales , y me toca lavar ,cocinar ,limpiar ,cuidar un niño de 3 años y otra de 7 años y al mes gano 19.500 quisiera saber si esto bien todas las tareas q hago como empleada general y si está bien abonado mi sueldo ,desde ya muchas gracias espero una respuesta para poder asesorarme .

    1. Mínimo $ 339.50 en mayo y desde junio $ 390.50 cada hora y eso lo multiplicas por la cantidad de horas que trabajes en cada mes y le sumas el 1% más por la antigüedad. Sábados después de las 13 horas, domingos y feriados se pagan al 100%

  5. Hola llevo 5 años trabajando y voy a renunciar porque fui mama y no puedo seguir que liquidacion me corresponde..como se calcula

Los comentarios están cerrados.

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