Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.
Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.
Renuncia del empleado doméstico
Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.
Despido de empleado doméstico
La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.
También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.
En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.
Bueno ademas de cobrar $1500 pesos, por ser mucama de un hotel, tuve que sacar humedad de pared. Me caí de arriba de una escalera y me dijo que era una pel… Ayuda nose si está bien.
Trabajo en un hotel, no es servicio doméstico, tenés que ir al sindicato de hoteleros
Hola, soy mucama de un hotel alojamiento, me estan pagando las 8h $1500 está bien ,?
Buenas tardes, tengo una empleada domestica en blanco hace 7 años, soy empleado publico y por cuestiones laborales voy al exterior por dos años. Se puede suspender el contrato y retomar al regreso? O debo despedirla? En ese caso tengo que pagarle un mes por cada año trabajado o es menos por el hecho de que es justificado?
Buenas noches, soy empleado del estado y a fin de año por trabajo me voy por dos años al exterior. Tengo una empleada domestica hace 7 años. Se le puede suspender el contrato? Y reactivarlo al regreso? O debo despedirla? En ese caso … es causa justificada? O como es la indemnización? Muchas gracias
Deberías indemnizarla 1 sueldo por cada año, llegando a un acuerdo, se firma en el Ministerio de Trabajo de tu zona
Buenas noches, necesito saber q debo hacer si mi patrona, cambia el nombre del empleador en el recibo de sueldo, el cual sería su marido, por esto perdería la antigüedad? Me tiene q indemnizar, y empezar de cero? Espero su respuesta gracias