Empleada del servicio doméstico

Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?

Consultá qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido de un empelado del servicio doméstico.

Los empleados del servicio doméstico tienen los derechos al igual que los trabajadores en relación de dependencia. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla qué le corresponde cobrar al personal de casas particulares en caso de renuncia o despido.

Los empelados domésticos tienen derecho al cobro de una liquidación por despido en caso de que empleador decida terminar la relación laboral sin una justa causa. Sin embargo, en caso de renuncia también se tiene derecho a cobrar una liquidación final.

Renuncia del empleado doméstico

Si renuncia, al trabajador de casas particulares le corresponde cobrar el sueldo de mes hasta la fecha trabajada. Además, el empleador tiene que abonarle el sueldo anual complementario (aguinaldo) proporcional y las vacaciones que no se haya tomado.

Despido de empleado doméstico

La liquidación por despido corresponde siempre y cuando el empleador despida a su personal sin causa. El cálculo de la misma se realiza tomando un mes de sueldo por cada año trabajado o fracción mayor a tres meses. Para la base se debe tomar la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o durante el tiempo de prestación de servicio si éste fuera menor a doce meses. En ningún caso, la indemnización podrá ser inferior a un mes de sueldo.

También se debe liquidar el aguinaldo de forma proporcional y las vacaciones no gozadas.

En caso de tener dudas sobre lo que le corresponde cobrar, el empleado doméstico tiene la posibilidad de despejar las mismas en cualquiera de las sedes del la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) que cuente con asesoramiento jurídico.

505 comentarios en “Servicio Doméstico: ¿Qué corresponde cobrar en caso de renuncia o despido?”

  1. Hola estoy en blanco hace 8 años q trabajo y desde q empezo la cuarentena no me pagan ya dos meses y me quieren hechar me podrian decir si esto puede ser y si me hechan cuanto es lo q deberia cobrar gracias

  2. Yo trabajo de niñera y no trabajo en blanco me pagan en negro ya ase dos años que trabajo con esta señora y las vacaciones no me las paga ella se tomo dos meses y yo quede sin trabajar dos meses y ella no me paga nada eso y ahora x esta situacion del corona virus no puedo ir a trabajar estoy sin trabajo sin plata no tengo aveses ni para comer es fea la situacion que vivo día a día y tengo problemas de salud tengo diabetes y todo se complica ..

  3. Hola buenas tardes les quería consultar una duda trabajo de empleada doméstica por hora en varias casas particulares dos de mi patrones me tiene registrada y otro no mi consulta sería si lo que me tiene el blanco por este tema de la cuarentena me tiene que pagar el día igual o no me corresponde porque conosco varios casos en el que el patrón llamo a sus empleadas y le abonos los días de cuarentena

  4. Buenas tardes , me parece injusto q no cobremos fondo de desempleo ya q también hacemos aportes.Gracias

  5. Hola una consulta las vacaciones te las pagan si voz te las tomas o si no te las tomas es lo mismo yo trabajo en casa de flia y no estoy en blanco me lo pagan aguinaldo y los días trabajado hace 8 años

Los comentarios están cerrados.

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