La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha confirmado cuales serán los requisitos del nuevo Plan de Facilidades de Pago anunciado por el Presidente Mauricio Macri la semana pasada tras el resultado de las elecciones primarias. Dicho régimen estará disponible del 2 de septiembre al 31 de octubre y la primera cuota vencerá el 16 de diciembre.
De la mano del nuevo plan de facilidades de pago de AFIP, los contribuyentes podrán regularizar sus deudas impositivas vencidas al 15 de agosto con una tasa de interés de no más del 2,50%.
Conforme a la Resolución General 4557 que se publicó ayer en el Boletín Oficial, el régimen contará con hasta 120 cuotas beneficiando principalmente a las pequeñas y medianas empresas (Pymes). Además se decidió suspender por 90 días corrido la traba de medidas cautelares y los contribuyentes podrán disponer de forma libre de los fondos que tengan embargados.
A partir de 17 de septiembre, los contribuyentes tendrán la posibilidad de refinanciar las deudas que hayan incluido en el anterior plan, el cual era de hasta 60 cuotas y permitía regularizar obligaciones vencidas al mes de abril pasado.
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas. El monto de cada una de ellas debe ser igual o mayor a 1.000 pesos.
La tasa de interés será fija y mensual para la primera cuota utilizando la Tasa Efectiva Mensual equivalente a la Tasa de referencia TM20 en pesos de bancos privados publicada por el Banco Central. Será variable con actualización trimestral para las que venzan a partir de enero de 2020 usando la tasa anteriormente indicada.
Para los planes consolidados el mes que viene se aplicará una reducción a un tercio de la Tasa Efectiva Mensual y a un medio para los consolidados en octubre.
En caso de corresponder, el pago a cuenta tendrá que ser realizado con un Volante Electrónico de Pago (VEP), cuya validez será hasta las 24:00 horas del día de su generación.
Será indispensable que se haya cumplido con la presentación de las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
Categorización del contribuyente y/o tipo de deuda | Cantidad de cuotas | Tope de tasa |
---|---|---|
Micro, pequeña y mediana empresa | 120 | 2,50% |
Monotributista y autónomos | 120 | 2,50% |
Categorización del contribuyente y/o tipo de deuda | Pago a cuenta | Cantidad de cuotas | Tope de tasa |
---|---|---|---|
Resto de contribuyentes | 5% | 36 | – |
10% | 48 | – | |
20% | 60 | 2,50% | |
Tasa efectiva mensual de financiamiento: Equivalente a la tasa de referencia TM20 en pesos de bancos privados que publica el Banco Central. |
Vencimiento de cuotas del nuevo plan de pagos de AFIP
La primera cuota vencerá el 16 de diciembre de 2019, sin importar la fecha de consolidación, y las subsiguientes el día 16 de cada mes. El organismo recaudador cobrará las mismas mediante un débito directo en cuenta bancaria.
hola buenas tardes mi nombre es cynthia cepeda.
consulta…el padre de me hijo debe 18.000 pesos en afip y por culpa de el a mi hijo le sacaron el derecho de cobrar la asignacion ,ustedes me podrian ayudar mandandoles carta documento para que el pague ,ya que el abogado que me ofrecen de forma gratuita en la escuela de abogados solo trata el tema alimentos?? desde ya muchisimas gracias.
Cynthia Iniciale Juicio por alimentos