Trabajador informal

Acuerdo salarial SMATA, Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88

El día 18 de noviembre se firmo en el Ministerio de Trabajo, según Expediente Nº 129471/08 el acuerdo salarial para SMATA, para la Federación Argentina de Asociaciones de Talleres Reparación Automotores y Afines, FAATRA. Acuerdo  salarial para el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte del Automotor Acuerdo A partir del 1º de noviembre de 2008 se reconocerá y abonará un aumento salarial del 13.57%, mas una suma fija No Remunerativa del 5.22%, en ambos supuestos sobre básicos vigentes al mes de agosto de 2008, se adjunta las planillas de las Escalas salariales. A partir de marzo del 2009 la suma adicional No Remunerativa pasará a integrar el básico de convenio. A partir de marzo del 2009 se reconocerá y […]

El día 18 de noviembre se firmo en el Ministerio de Trabajo, según Expediente Nº 129471/08 el acuerdo salarial para SMATA, para la Federación Argentina de Asociaciones de Talleres Reparación Automotores y Afines, FAATRA. Acuerdo  salarial para el Sindicato de Mecánicos y Afines del Transporte del Automotor

Acuerdo

  1. A partir del 1º de noviembre de 2008 se reconocerá y abonará un aumento salarial del 13.57%, mas una suma fija No Remunerativa del 5.22%, en ambos supuestos sobre básicos vigentes al mes de agosto de 2008, se adjunta las planillas de las Escalas salariales.
  2. A partir de marzo del 2009 la suma adicional No Remunerativa pasará a integrar el básico de convenio.
  3. A partir de marzo del 2009 se reconocerá y abonará una suma adicional No Remunerativa del 5%, sobre los básicos vigentes, conformados con el adicional pagado desde noviembre de 2008.
  4. A partir de junio el anterior importe No Remunerativo pasará a englobar el básico salarial.
  5. Se acuerda expresamente que las empresas que hayan otorgados aumentos con cualquier denominación en el transcurso del año 2008, podrán absorberlas hasta su concurrencia.
  6. Lo detallado tiene vigencia hasta el 30 de junio de 2009, salvo que se produzcan graves distorsiones o circunstancias de carácter excepcional en el transcurso de la economía nacional.

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5 comentarios en “Acuerdo salarial SMATA, Convenio Colectivo de Trabajo Nº 27/88”

  1. LA VERDAD EL SUELDO QUE TENEMOS EN ESTA AREA ES MUY BAJO A COMPARACION DE OTRAS AREAS, COMO POR EJEMPLO EL DE CAMIONERO UN TRABAJADOR CON HORAS EXTRAS FERIADOS Y PREMIOS AY DIAS QUE HASTA 7000$ SE LLEVA EN MANO UN OPERARIO ,LES PAGAN VIATICO Y COMIDA.PORQUE ESTE NO PUDE SER IGUAL O CASI.

  2. Wanda Ankudowicz

    hola, quisiera saber si me pueden pasar la escala de los basicos, ya que tengo que cubrir un puesto de vendedor de una automotriz y necesito saber el sueldo basico,
    gracias!!
    Wanda.-

  3. Raul:
    Me parece estas interpretando mal, los porcentajes los tenes que tomar sobre los básicos anteriores al acuerdo que eran los del 01/04/08.

    Por ejemplo el básico de un Oficial era de $9.63
    con el aumento del 13.57% queda en $10.94.
    Y el 5,22% de $9.63 es $0.50 que seria la parte no remunerativa.

  4. Todas las cifras no remunerativas que figuran en la planilla adjunta del acuerdo no coinciden con los porcentajes del acuerdo. En este caso, es de suponer que se debe respetar el texto y no las cifras? Es válido el acuerdo cuando es equívoco? O tomo el criterio de favorecer a la parte débil del contrato de trabajo? Saludos.

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