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Empleados de Comercio: Prohibición de Trabajar los Fines de Semana

La Cámara de Senadores ya aprobó y luego envió a Diputados un proyecto de ley que prohíbe el trabajo de los empleados de comercios los fines de semana fijando sanciones a los empresarios que violen la norma. Según el proyecto, que ya tiene la media sanción, en le caso de incumplimiento, establece que de concurrir a trabajar desde el sábado a las 13 horas y domingo hasta las 0 horas, se les deberá pagar horas al 100% y otorgarles un franco compensatorio. El día de ayer el Senado Nacional dio media sanción y envío a Diputados un proyecto por medio del cual, se les prohíbe que los empleados de comercio trabajen los fines de semana. Los legisladores, en primer término, […]

La Cámara de Senadores ya aprobó y luego envió a Diputados un proyecto de ley que prohíbe el trabajo de los empleados de comercios los fines de semana fijando sanciones a los empresarios que violen la norma. Según el proyecto, que ya tiene la media sanción, en le caso de incumplimiento, establece que de concurrir a trabajar desde el sábado a las 13 horas y domingo hasta las 0 horas, se les deberá pagar horas al 100% y otorgarles un franco compensatorio.

El día de ayer el Senado Nacional dio media sanción y envío a Diputados un proyecto por medio del cual, se les prohíbe que los empleados de comercio trabajen los fines de semana.

Los legisladores, en primer término, sancionaron una norma que prohíbe el trabajo de los empleados de comercio entre las 13 horas del día sábado y las 24 horas del día domingo, y establece que en caso de concurrir al trabajo, le serán pagadas las horas extras con un incremento del 100% y un franco compensatorio.

El proyecto, fue presentado por Carlos Verna y María de los Ángeles Higonet, de la provincia de La Pampa  y Graciela Di Perna, de Chubut, fue aprobada por unanimidad,  modifica los artículos Nº 203 y 204 de la Ley de Contrato de Trabajo, LCT.

Modificación del artículo Nº 204 del LCT :

“Queda prohibida la ocupación del trabajador desde las 13 del día sábado hasta las 24 del día domingo, salvo los casos de excepción que las leyes o reglamentaciones prevean, en cuyo caso el trabajador gozará de un descanso compensatorio en la semana siguiente, de goce íntegro y continuado entre las 13 y las 24 del día siguiente”

“cuando el trabajador prestare servicios entre las 13 del día sábado y las 24 del día domingo, medie o no autorización, sea por las circunstancias previstas en el artículo 203 o por estar comprendido en las excepciones que con carácter permanente o transitorio se dicten, el empleador estará obligado a abonar el salario habitual con el cien por ciento (100%) de recargo, sin perjuicio de su obligación de otorgar franco compensatorio”.

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21 comentarios en “Empleados de Comercio: Prohibición de Trabajar los Fines de Semana”

  1. Graciela
    Tengo un local en un shopping y quiero tomar una empleada para que trabaje solamente los dias domingo 10 hrs.
    Como se debe pagar?
    Gracias

  2. Bajo el regimen de empleados de comercio, las horas que trabajamos el sabado por la tarde se deben abonar como «horas extras» o alcanza con el franco compensatorio semanal que la empresa nos da.
    En total laboramos 48 hs. semanales es lo que nos argumenta la Cia.

  3. hola, alguien me puede decir cuantas horas se trabaja el dia sabado segun la ley, algunos me dicen 4 y otros 5. Donde esta establecido? Gracias

  4. Hola Graciela! Estoy en blanco por 5 años pero en realidad hace 7 que estoy trabajando. Ahora en el mes de agosto esos dos años en negro, cuánto sería lo que me tienen que pagar? Puede ser el porcentaje de los descuentos de los remunerativos. Soy administrativa B. Esto sería alrededor de 300 pesos aprox. Pero a mí me quieren pagar solo $40 aprox. Como lo negro no hay nada que lo rija, como hago para defenderme. Espero alguna respuesta rápida y haber sido clara. Muchas gracias

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