La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) aplicó un aumento del 12,22% en los haberes jubilatorios de acuerdo a lo establecido por la Ley de Movilidad. Dicha actualización modifica el importe pagado mensualmente por los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen General (RG). La página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha confirmado el nuevo monto de la cuota de Autónomos desde septiembre de 2019.
El nuevo importe de la cuota de Autónomos comienza a regir desde el período devengado Septiembre/2019, el cual vencerá en octubre.
Montos de Autónomos 2019
Categorías mínimas de revista
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
---|---|
I | 2399,94 |
II | 3359,91 |
III | 4799,89 |
IV | 7679,82 |
V | 10559,74 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
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I’ | 2624,94 |
II’ | 3674,90 |
III’ | 5249,88 |
IV’ | 8399,80 |
V’ | 11549,72 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
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I | 2399,94 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
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I | 2399,94 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | 2024,95 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | 824,98 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
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A | 1871,90 |
B | 2297,92 |
B’ | 2513,35 |
C | 3071,80 |
C’ | 3359,79 |
D | 4595,75 |
D’ | 5026,60 |
E | 7673,67 |
E’ | 8393,08 |
F | 10733,62 |
G | 15341,44 |
G’ | 16779,70 |
H | 23021,20 |
I | 28799,05 |
J | 28799,05 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
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I | 1579,42 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
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I | 643,47 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
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I | 7499,83 |
II | 10499,72 |
III | 14999,67 |
IV | 23999,45 |
V | 32999,22 |
Recordemos que el Índice de Movilidad utilizado para aumentar las jubilaciones y pensiones se calcula en un 70% por las variaciones en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) a nivel nacional del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y en un 30% por los cambios en la Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del Ministerio de Producción y Trabajo (MPyT).