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Nuevo aplicativo AFIP, SIJP Versión 30. Ejemplo, topes Seguridad Social

La AFIP mediante la Resolución General Nº 2508/08 dispuso utilizar la nueva versión del aplicativo SIJP Versión 30 con las modificaciones de los nuevos topes de la Seguridad Social. Con la liquidación de los sueldos del mes de noviembre de 2008 se  aplicarán los topes entre ellos los relacionados a la ART el tope para el pago de la alícuota de la ART, Aseguradora de Riesgo del Trabajo, es de $7.800.- Se recuerda que dicho tope debe ser calculado según la Resolución Nº 387/94 de la Subsecretaria de Seguridad Social, en forma separada para las liquidaciones del Sueldo, Vacaciones y Aguinaldo. Ejemplo Un trabajador que en el mes de diciembre cobre:  Sueldo $ 10.000.-  Aguinaldo $ 5000.-  Vacaciones $ 8.000.- […]

La AFIP mediante la Resolución General Nº 2508/08 dispuso utilizar la nueva versión del aplicativo SIJP Versión 30 con las modificaciones de los nuevos topes de la Seguridad Social.

Con la liquidación de los sueldos del mes de noviembre de 2008 se  aplicarán los topes entre ellos los relacionados a la ART el tope para el pago de la alícuota de la ART, Aseguradora de Riesgo del Trabajo, es de $7.800.-

Se recuerda que dicho tope debe ser calculado según la Resolución Nº 387/94 de la Subsecretaria de Seguridad Social, en forma separada para las liquidaciones del Sueldo, Vacaciones y Aguinaldo.

Ejemplo

Un trabajador que en el mes de diciembre cobre:

  1.  Sueldo $ 10.000.-
  2.  Aguinaldo $ 5000.-
  3.  Vacaciones $ 8.000.-
  4. Total Cobrado $ 23.000.-

Los topes aplicarse son:

  1. Sueldo   $ 7.800.-
  2. Aguinaldo $ 3.900.-
  3. Vacaciones $ 7.800.-
  4. Total para aplicar la alícuota $ 19.500.-

21 comentarios en “Nuevo aplicativo AFIP, SIJP Versión 30. Ejemplo, topes Seguridad Social”

  1. A quien pueda ayudarme, darian algun ejemplo para el cálculo de la suma no remunerativa en comercio..Gracias.-

  2. Por lo menos en lo que a mi respeta no encontre fallas en el sistema, ya sea en la manera online o el SIAP.
    Si es verdad en que hay que prestar atención a la hora de cargar. Por ej. En el gremio de comercio:
    cargar los valores remunerativos como siempre, y a este valor sumarle el acuerdo en Rem 4.- Agregando también el 6% del acuerdo en el anexo de Obra social correspondiente a las contribuciones.
    Repito no encontre fallas en el sistema

  3. Pablo

    Podrias comentar tu falla? Yo no encuentro inconvenientes pero puede ser que los tengo y no logro darme cuenta. Gracias

  4. Controlen de manera externa los rdos que arroja el SUSS porque hay problemas con el calculo de O. Social cuando existen sueldos que tienen Sumas No Rem.
    Ya se comunico a la AFIP esta falla y esta en vias de solucion.
    Recuerden, CONTROLEN, porque caso contrario pagaran de menos.
    Un abrazo a todos.

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