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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

  1. Me esta pidiendo un empleado que lo despida para poder cobrar el fondo de desempleo y que lo vuelva a emplear al dia siguiente. Se puede hacer? Es Legal?

    1. Maria

      Depende de las tareas pero en la construcción se toma personal y se despide y cuando ingresa un trabajo nuevo se vuelve a reincorporar

  2. hola yo trabaje un mes y dias en una empresa en tierra del fuego y me dieron la tarjeta del ieric…hace poco la extravie aca en mi pago salta!! .ahora si es q recupero la tarjeta cuantos años de apórte se necesitan para cobrar el fondo de cese laboral
    disculpen mi ignorancia soy nuevo en este rubro!!

    1. rodrigo

      No se necesita antiguedad si te depositaron la plata la cobras al momento de la desvinculación laboral La empresa tiene que darte la baja de la AFIP hoja móvil y nota con los datos de la cuenta bancaria donde hizo el deposito. Si no deposito te tiene que pagar el empresa en efectivo

  3. mira yo hace diez meses que trabajaba bajo relacion de dependencia, fui despedido por falta de trabajo, y quiero saber si el fondo de desempleo me lo pagan en efectivo o por banco. y si espor banco cuanto da de interes el mismo. no quieron que me duerman nujevamente, pues me dijeron que el porcentaje que dael banco es de % si es asi me gustaria que me digas gracias

    1. horacio

      Si es así generalmente te cobran una comisión y prácticamente es 0 pero legalmente ellos tienen que haber realizado el deposito pero?¿?¿?

  4. hola: a mi padre le sobra edad,pero aun no tine los años de aportes,la empresa lo intimó a que se jubile,el tiene el fondo de cese laboral en su cuenta,y los tramites iniciados con una abogada recomendada por la empresa,ya le dijeron que no vaya mas,que lo iban a llamar para darle unos papeles, la pregunta es:este fondo corresponde aún jubilandose o tendría que haber renunciado para cobrarlo? muchas gracias.

    1. Paula

      Que consulte a otro abogado no al de la empresa si no tiene los aportes no lo pueden intimar a que renuncie si no lo necesitan que lo despidan El fondo este si lo cobra aún en caso de renuncia

  5. hola: quisiera saber si este fondo de cese laboral se cobra tambien al jubilarse,aclaro que mi padre no tiene los años de aporte ,pero le sobra edad y la empresa le dijo que debia jubilarse ya que tiene mas de 70 años y problemas de salud,el tiene el dinero en su cuenta y la empresa siempre lo depositado la gente renunciaba para cobrarlo,pero el nunca renunció y lo tiene todo completo en su cuenta,lo va
    a cobrar? muchas gracias.

Los comentarios están cerrados.

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