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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

  1. Hola, trabaje 11 años en blanco, pero presente la renuncia..la pregunta es debo cobrar algo? Soy empleado de comercio..

  2. hola que tal yo quisieea saver como tengo que calcular el fondo de desempleo si es sobre el bruto (sin descuentos) o sobre la suma de bolsillo??

      1. GRACIELA. la chica encargada de las liquidaciones me dice que si quiero que me paguen la liquidacion del fondo de desempleo tomando en cuenta el bruto, que le lleve algun documento donde diga que me deve liquidar de la manera que yo le reclamo que lo haga o sea el 12 y el 8% respectivamente del bruto no del neto como me pagaron. usted tiene algun documento o combeño que diga claramente lo que yo preciso!!??

  3. que pasa cuando el empleador nunca te dio una libreta de fondo de desempleo que ni siquiera abrio una cuenta

    1. ale

      Te lo tiene que pagar en efectivo La tarjeta inteligente es obligación que siempre este en tu poder

  4. Hola
    Necesito saber que conceptos se deben incluir en el recibo de liquidación final cuando el empleador nunca realizo los tramites en el Ieric y no hay tarjeta. El fondo de cese se puede incluir en el recibo si el empleador se lo abona en efectivo.?

    1. Celina

      En el recibo ya no se puede ya que de lo contrario tendrías que hacer contribuciones sobre el mismo Se hace una nota con menbrete, firma y sello

      1. ariel

        El empleador te tiene que entregar liquidación final con los dias trabajados proporcional SAC y Vacaciones. Además la baja de la AFIP, hoja móvil del IERIC y una nota con los datos del banco y cuenta donde te hizo los depósitos del fondo. No te olvides de reclamar la tarjeta inteligente. Si no hizo el deposito en el banco te lo paga en efectivo al fondo 12% del total bruto de todos tus recibos de cobro incluido el último

Los comentarios están cerrados.

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