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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

  1. alejandro jose

    HOLA GRACIELA.hace poco pedi renunciar para cobrar el fondo cosa que es comun en este rubro a lo que mi empleador estuvo de acuerdo, el asunto es que cuando cobre el fondo, note que era una suma muy pequeña para ser que tenia 2 años acumulados. cuando reclame me dijeron que me liquidaron de esta manera y me mando un mail la secretaria que decias esto…….. .
    “La base de cálculo del aporte es reglamentada en el Art. 5 del decreto 1342/81 que prescribe que el aporte no debe practicarse sobre las sumas correspondientes al sueldo anual complementario, recargos legales sobre horas suplementarias (es decir los recargos del 50% o el 100%, según corresponda, del valor normal de las llamadas “horas extras”, no el valor normal de estas últimas, que si integra la base para el cálculo del aporte) ni las indemnizaciones de cualquier naturaleza (por ejemplo, una gratificación de carácter no remunerativo que con motivo del cese de la relación laboral decida abonar voluntariamente el empleador). Cuadra añadir que Art. 25 del decreto 491/97 -reglamentación de la ley 24.557 de Riesgos de Trabajo-, dispone que el aporte al Fondo de Cese Laboral durante la situación de incapacidad laboral temporaria (ILT) causada por un accidente de trabajo o enfermedad profesional, deberá efectuarlo el empleador sobre el valor de la prestación dineraria devengada en el periodo mensual.”
    la pregunta es si esta bien porque creo que me estan estafando yo calcule en base al 8 y 12 %respectivamente del bruto de mi recibo y me dio una suma mucho mayor a lo que me liquidaron!!!
    AYUDA POR FAVOR!!

  2. Hola, tengo 24 años, empecé a trabajar como albañil en una empresa constructora EN NEGRO, me pagaban 500 pesos cada 15 dìas (no sé que salario me corresponderia en blanco segun el convenio, pero me dijeron que segun el convenio por dia son 230 pesos, y que hubo un aumento el año pasado y que ahora son 260 por dìa).
    Había comenzado a trabajar solo hace 20 días y tuve un accidente de trabajo: estaba cortando unos metales con una amoladora y un pedazo salio disparado y me entro en el cuerpo, perforándome un pulmon, me entro sangre y tuve problemas para respirar. Estuve mas de un mes en el hospital, ninguno de los empleadores se acerco a verme. Todos mis compañeros estaban en negro.
    Cuanto me corresponderia cobrar por el accidente? NO quiero trabajar mas, me corresponde fondo de desempleo? Es muy poco?

    1. Francisco

      si estabas en negro no cobras Fondo de Desempleo pero ya que ninguno se hizo cargo del accidente y ni siquiera te fueron a ver habla con ellos para que te paguen y te indemnicen y si queres consulta con un abogado

  3. Hola tengo categoria oficial especializado 5 años en la empresa esta x dar quiebra antes nos van a liquidar solo la parte en blanco segun recibo 1 quincena 3700 segunda quincena 4570 yo x semana me depositaban 4500 en una cuenta mia en otro banco que puedo yegar a cobrar o q puedo hacer me quieren dar 40 mil espero respuesta gracias

    1. Hector

      Para que te orienten bien podes consultar un abogado ya que si van a quiebra quizas cobres mas pero tarda años

  4. Buenas tardes, quería preguntar como se si todos estos años de trabajo me han depositado en lo que se llamaba libreta de fondo de desempleo, porque parece que en la empresa que yo trabajo van a presentar la quiebra y me temor es que no hayan depositado nada.
    Desde ya muchas gracias.

  5. Hla .. trabaje 11 mese como cereno al ingresar me isieron rellenar la solicitud para gestionar la tarjeta de ieric .. pero nunca me la entregaron yo renucie me corredponde cobrar liquidacion y la tarjeta del irec

    1. cristian

      La tarjeta el empleador no te la puede retener siempre debe estar en tu poder as que pedila. si tenes que corbar la liquidación final y te tienen que entregar además de la certificación de Servicio y recibo:
      – Baja de la AFIP.
      – hoja móvil de IERIC con la baja
      – nota dirigida al banco con tu Nº de cuenta así podes cobrar el Fondo del Cese Laboral

      por su puesto tu tarjeta

Los comentarios están cerrados.

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