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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

    1. Rocio Si te referis al Salario Familiar, ANSES paga dos meses despues, por lo que en octubre esta pagando agosto, septiembre lo paga en noviembre, si el despido fue en octubre cobra hasta diciembre

  1. hola trabaje dos anos en blanco me dijieron qur no habia mas trabajo y no me pagaron el fondo de decempleo ni vacaciones,aguinardo ni la antiguefaf

  2. trabajo ase nueve años y quiero renuciar mi ultimo sueldo fue sin aumento me deben los aumentos desde abril. que me corresponde

  3. Consulta, yo trabajo en una empresa en la cual renuncié (por uocra), (cobré como corresponde, el fondo de cese laboral), el día 15 de febrero y al día siguiente inicié el día 16 de febrero por UECARA (haciendo la misma tarea en el mismo puesto), mi pregunta es acerca de que antiguedad me correspondería…

      1. ok…gracias por la respuesta…mas en detalle…yo trabaje 4 años en la empresa por uocra y sigo en la misma empresa pero por uecara y me aparece 1 año de antiguedad? No importa que yo haya renunciado? ( como dije fui dado de alta al día siguiente)…y otra consulta cuando se debe cumplir los 5 años para poder gozar de los 21 días de licencia?

      2. Alberto si la empresa cambio de dueños y te cambiaron la fecha de ingreso, seguro toman esa fecha para las vacaciones, hablalo con ellos y pasame la fecha de ingreso completa

      3. La empresa no cambio de dueños , me fije y me figura en el recibo: fecha de ingreso: 19 de febrero, igualmente no me corresponde la antiguedad anterior? o pueden aducir que yo renuncié al cobrar el fondo de desempleo y perdí todo reclamo de antiguedad anterior…se puede en ese caso hablar con los dueños en forma personal aunque sea para que reconozcan la antiguedad para el tema de vacaciones? desde ya muchas por las respuestas.

      4. Alberto si no cambio de dueños la antigedad se respecta para el tema de la vacaciones y pago de antigüedad laboral, se considera FEchas de ingreso baja y reingreso

Los comentarios están cerrados.

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