Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.
Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.
Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.
¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?
El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.
Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.
¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?
Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.
En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.
Quería consultar,hace 3 años estoy por uocra y voy a renunciar,como cobro el fondo de desempleo? Que remuneraciones me corresponden?
Mateo Tu empleador debe entregarte Baja laboral, planilla móvil, carta dirigida al banco donde realizo el aporte y por su puesto en tu poder debe estar la tarjeta inteligente del IERIC Corresponden de todas tus liguidaciones el 12% sobre el importe de básico cobrado
hace un año y seis meses que trabajo en una empresa de construccion…nuestra liquidacion es quincenal..si renuncio en el segundo dia habil de la quincena que me corresponde cobrar,,y si tambien tengo que cobrar el fondo de cese laboral
FABIO Te tiene que pagar los días trabajados, vacaciones y SAC proporcional y si, cobras Fondo Cese Laboral
Buen dia te quiero consultar ya que me despidieron el dia 28/09 y al dia de hoy todavia no tiene mi liquidacion de la libreta de desempleo. cual es el tiempo legal para poder reclamarla por otro medio
Ezequiel reclamalo ya deberían haberte pagado liquidación final y entregado TODA la documentación
Yo estoy hace 6 meses y se rumorea que me van a despedir, quería saber además de la libreta, que es lo que me tendría que pagar la empresa como indemnización.
Enzo dias trabajados, vacaciones y aguinaldo proporcional y e tienen que entregar información sobre la cuenta bancaria, nota dirigida al banco donde esa tu cuenta, Hoja móvil, tarjeta inteligente, baja laboral de AFIP y luego la Certificación de servicios con los aportes para que guardes para cuando te jubiles
Buenos días, quería saber el plazo que tiene el empleador para darme la documentación para cobrar el cese laboral; la renuncia la envié el 5/9, y ellos la recibieron el 6/9.
Muchas gracias
Paola Tenes que esperar que ellos hagan los depósitos, generalmente lo hacen una vez por mes al hacer las liquidaciones pero eso depende de las costumbres de cada empresa Liquidación septiembre hacen los primeros días de octubre
Hola consulta yo nunca cobre el fondo desempleo trabajé en 2010 asta 2012 en construcción tengo la tarjeta
Gustavo deberías hablar con tu ex empleador y ver donde realizo los aportes, para que vayas al banco a corbarlo