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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

  1. Trabaje en 2014 7 meses en una empresa de construccion. Me corresponde algo? Si es asi puedo cobrar??

    1. Tu ex empleador debe entregarte la documentación y banco donde realizo el depósito, si es que no te lo pago en su momento

  2. Hola buenas niches yo estube empleado en xxx en xxx y pedi la baja en 2015 pero todavia no pude cobrar esa plata como debo hacer para cobrar Fondo de cese laboral para los trabajadores de la industria de la construcción por que me figura esa cuenta en el banco… desde ya muchas gracias

  3. Buen dia, mi empleador tendria que hacer el aporte del 1% sobre el total del fondo de cese todos los meses para que cuando termine mi relacion laboral cobre el fondo de cese laboral?
    Si alguien sabe y me contesta le agradeceria mucho.
    Saludos!

  4. Hola, muchas gracias por leerme!
    Mi empleador me despidio POR X motivo, aun no me dio el libreto de cese laboral. Ya me pago mi ultimo salario del mes de JULIO, ahi solo figuraba sueldo normal y proporcional de vacaciones y proporcional de aguinaldo., Fui SERENO 1 año y medio trabajando, me corresponde? la libreta del fondo de cese laboral.

Los comentarios están cerrados.

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