Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.
Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.
Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.
¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?
El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.
Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.
¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?
Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.
En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.
Mientras se siga trabajando, la plata en la cuenta puede invertirse en plazo fijo o fondos de inversión??
NO, ya que el trabajador puede contar con ese dinero al romperse la relación laboral
Buenas tardes excelente el artículo muy importante y bien explicado..consulta cómo puedo hacer para cobrar del banco el fondo de cese laboral,q lo tengo depositado,ya q la empresa desapareció y no se dónde pedir la hoja móvil.. gracias
Isabelino Deberías preguntar en el banco donde esta el dinero y ver si alguna documentación que tenes sirve (certificación de Servicios, Baja laboral, recibos, etc)
Hola la empresa no me quiere dae la planilla para cobrar como tengo que hacer para reclamar
Si la empresa no realizo el pago del seguro, debe hacerse cargo y pagártelo, consulta con un abogado
Hola! perdon…trabajé en construcción siete años,como ayudante! alguien me sabra decir,cuanto m corresponde de indemnización? por favor
El fondo del cese laboral es un % de sueldo, por lo que te deben entregar la libreta y planilla con la información Además de los detalles y formularios para entregar en la entidad bancaria para poder cobrar lo que tenes depositado
Hola, como puedo hacer si no tengo contacto con mí antiguo jefe, para poder cobrar.
Tengo la plata en el banco.
Pero me piden la planilla de que ya no trabajo.
Tu ex jefe o la oficina de Recursos te deben entregar la documentación para poder cobrarlo
Hola llevo 7 años trabajando aun me corresponde el fondo de cese? veo que me lo siguen descontando.