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Liquidación de las contribuciones y aportes a las Cargas Sociales, sumas No Remunerativas

Muchos son los acuerdos salariales otorgados en los cuales se abonan sueldos como sumas «No Remunerativas» sobre las cuales no se aplican aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social pero si a las Obras Sociales El Aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, desdobla la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas -4 y 2 respectivamente-, y como los sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo. Ahora con el nuevo aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Versión 30, sí se […]

Muchos son los acuerdos salariales otorgados en los cuales se abonan sueldos como sumas «No Remunerativas» sobre las cuales no se aplican aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social pero si a las Obras Sociales

El Aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, desdobla la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas -4 y 2 respectivamente-, y como los sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo.

Ahora con el nuevo aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Versión 30, sí se suma a la «Remuneración 4» calcula el aporte y no la contribución de Obra Social. Pero no corresponde sumar a la «Remuneración 2», ya que calcula la contribución de Obra Social y además el 10,17 % de Jubilación y el 1,50 % de INSSJP.

La AFIP, cuando se le pregunta  cómo se debe  ingresar el 6% de la contribución patronal de la Obra Social sobre sumas “no remunerativas “, acordadas en negociación colectiva a partir de la versión 30, contesta  que “para abonar contribuciones de Obra Social por el aumento no remunerativo mencionado, dicho monto debe indicarse en el campo importe Adicional de Contribuciones de la pestaña Obra Social”.

04/12/2008 Infobae

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72 comentarios en “Liquidación de las contribuciones y aportes a las Cargas Sociales, sumas No Remunerativas”

  1. galleguillo fernando

    graciela gracias por la infornmacion que pasas.
    queria pedirte que si me podias decir como hago para calcular las cargas sociales de los trabajadores de la construccion. y en donde debo pagar. como veras soy nuevo en esto, pero ustedes con sus datos me ayudan bastante.
    muchas gracias por sus servicios.

  2. gustavo:

    a que te referis? el minimo no imponible en ganancias es de $9000, igual para solteros y casado lo que cambia es que el casodo tiene deducción por cargas de familia

  3. Graciela, buenos dias,
    me podras informar cual es el minimo no imponible para ganancias 4º categoria. Solteros y casados.
    Gracias
    Gustavo

  4. Por ahora te doy las gracias ya volvere a molestarte de nuevo, en estos dias tengo reunion con el contador que se va ,si me quedan dudas te pregunto desde ya MUCHAS GRACIAS

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