Urna con las elecciones argentinas

¿Qué pasa si no voté en las elecciones?

Mirá cuál es la multa por no haber votado en las elecciones y cómo justificar el no voto para no pagarla.

El domingo pasado se ha celebrado las elecciones en la República Argentina. De acuerdo al escrutinio, cerca de un 20% del padrón electoral no participó de las mismas. En caso de no haber votado, el elector infractor debe pagar una multa de 100 pesos, 50 pesos más que por no haber participado en las PASO. Sin embargo, el Artículo 37 de la Constitución Nacional contempla una serie de situaciones especiales que eximen al infractor de la sanción.

La Constitución establece que es obligatorio que todos los electores participen en los comicios para ejercer su derecho al voto.

El voto es obligatorio para los ciudadanos a partir de los 18 años. Es voluntario para los menores de 16 y 17 años de edad y mayores de 70 años.

Los infractores al deber de votar integran un registro y se encuentran imposibilitados de hacer trámites en organismos públicos por un año ni ser designados como funcionarios públicos por el plazo de tres años.

Queda eximido del pago de la multa, el ciudadano que no haya podido votar por alguna de las siguientes situaciones:

  • Enfermedad: Es necesario presentar un certificado médico justificando tal situación.
  • Distancia: Si se encuentra ele lector a más de 500 kilómetros del lugar de votación, el ciudadano puede justificar su no voto por motivos razonables. En este caso se requiere la presentación de un certificado emitido en la comisaría más cercana. Si se trata de un viaje al exterior se puede presentar una copia del pasaporte.
  • Trabajo: Los empleadores tienen la obligación de otorgar una licencia especial sin descuento salarial alguno a sus trabajadores para que puedan cumplir con su derecho cívico en caso de que deben cumplir con tareas laborales durante la jornada electoral. En caso de que no puedan hacerlo por asuntos de fuerza mayor, el empleador debe emitir una constancia que acredita tal situación.

  • Familiar enfermo: Si no se puede acercar a los comicios por tener que cuidar a un familiar enfermo es necesaria la presentación del certificado médico de la persona que se encuentra a su cargo.
  • Fuerza mayor: Se debe presentar un certificado que acredite tal situación.
  • Razones económicas: Si no se cuenta con los fondos necesarios para trasladarse hasta la escuela se debe presentar un certificado que lo acredite.
  • Extravío de DNI: Es necesario presentar la constancia de extravío del documento o de DNI en trámite.
  • Funciones electorales: Se debe presentar la constancia que acredite el desempeño en el marco de los establecido en la Acordada 37/13 de la Cámara Nacional Electoral (CNE).
  • Fallecimiento: Es necesario presentar una copia de la partida de defunción.

La justificación del no voto se puede realizar en la dependencia de la Secretaría Electoral correspondiente al domicilio o en la página oficial del Registro de Infractores al deber de votar, cuya dirección web es https://infractores.padron.gov.ar.

El plazo para realizar el trámite es de 60 días contados a partir del cierre de los comicios.

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