La Cámara de Diputados, a lo largo de la última sesión del año, ha sancionado una nueva Ley de Talles, la cual cuenta con el aval del sector productivo y su reglamentación debería ser llevada adelante dentro de los próximos seis meses. El proyecto contó con 163 votos a favor, 8 abstenciones y ninguno en contra. La normativa estipula la creación de un sistema único de talles de ropa en toda la República Argentina.
Desde hace casi 20 años que asociaciones de consumidores y organizaciones solicitan una ley de talles para Argentina.
Finalmente, luego de un acuerdo de los bloques para que se incorpore al temario de la última sesión especial de 2019, la Cámara de Diputados sancionó una iniciativa que recibió la media sanción del Senado en marzo pasado. Su votación fue sin debate de manera exprés obteniendo una amplia mayoría.
Las medidas del nuevo Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) corresponderán al resultado de un estudio antropométrico que el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) desarrollo desde 2014. Las mismas se irán actualizando cada 10 años. Esta actualización permite que se tengan en cuenta los diferentes cambios que pueda sufrir la población, ya sea por avances generacionales, las movidas migratorias o los cambios de los hábitos alimenticios.
Estos talles tendrán que ser tenidos en cuenta al momento de confeccionar, fabricar, comercializar e importar indumentaria para la población a partir de los 12 años de edad. Cada prenda deberá llevar una etiqueta con información de fácil comprensión.
Desde hace años, la ropa que se comercializa en nuestro país es fabricada de acuerdo a parámetros europeos. Es por esta razón que es muy importante la creación de un sistema unificado con las medidas de los argentinos.
La ley de talles no solamente se aplicará a indumentaria sino que también al calzado.
Los comercios tendrán que exhibir la tabla con las medidas corporales normalizadas en un cartel ubicado en un lugar visible cuya medida mínima será de 15 por 21 centímetros.
Incumplimiento a ley de talles
El control del cumplimiento de la normativa estará a cargo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y de cada una de las provincias. En caso de que se incumpla con la misma, el comerciante será pasible de las sanciones establecidas en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y la Ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios
El Ministerio de Salud y Desarrollo Social, Defensa del Consumidor y el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi) tendrán que desarrollar actividades para informar, concientizar y capacitar respecto al tema.