Cuaderno con logo de AFIP sobre un escritorio

Retenciones de IVA y Ganancias a vendedores de Mercado Libre

AFIP estableció retenciones de IVA y Ganancias a vendedores de Mercado Libre cuando se hacen más de 10 ventas al mes por más de $50.000.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), por medio de la Resolución General 4636, decidió controlar más el comercio electrónico para evitar las operaciones no registradas. De ahora en más se aplicarán retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias a los vendedores de Mercado Libre y plataformas similares que llevan adelante más de diez operaciones al mes y superan los 50.000 pesos.

La nueva normativa busca brindar claridad respecto a los sujetos a los cuales se les debe aplicar una retención de IVA y ganancias para evitar la informalidad en las operaciones electrónicas.

Para que se aplique la retención se deben cumplir dos condiciones: que se realicen más de 10 ventas por mes y superar los $50.000. La misma iniciará a partir de la transacción número once. La alícuota del IVA será del 10,5%.

El organismo a cargo de Leandro Cuccioli destacó que el propósito de esta medida es alentar a que se registren aquellos comerciantes que operan en la informalidad gracias al anonimato que ofrece el ciberespacio.

Desde que se incluyó a estas plataformas en el régimen de retención no estaba clara la forma en la cual diferenciar a una persona que usa las mismas esporádicamente y la que lo hace habitualmente como parte de su negocio.

El descuento será notado por los vendedores verán cuando soliciten a Mercado Pago, la plataforma de pagos de MercadoLibre, la transferencia e los fondos a su cuenta bancaria.

Seguinos

Salir de la versión móvil