Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008
Nuevos Sueldos Mínimos
- Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
- Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
- Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
- CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
- Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-
Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.
Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.
El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico
La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.
El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-, o pensión por fallecimiento e invalidez
Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Hola: tengo una empleada doméstica que recibe el salario y los aportes de jubilación y obra social tal cual marca la ley. Por mes, ella me firma un recibo (de los comerciales) que guardo para constatar que le he abonado el mes, y además, le entrego el recibo del banco donde le realizo los aportes y pago de obra social. Me ha solicitado que le haga un recibo de sueldo, tipo los que entregan en dependencias oficiales, pero yo no puedo hacer eso. Como debo proceder, es necesario que le expida un recibo de sueldo, cuando le realizo por banco los aportes y queda registrado?Es verdad que dicho recibo de aportes emitido por el banco, no cuenta para acceder a créditos, planes de viviendas barriales, etc.? Gracias
Miriam: 1)los viáticos los tenes que pagar a parte del sueldo por los trabajado.
2)Por esa cantidad de horas no queda incluida en la ley de servicio doméstico donde se definen los conceptos de aguinaldo y vacaciones. Sin embargo le tenes que hacer el aporte mensual de $20 a la AFIP por la seguridad social.
¿Aparte del sueldo que se fija, se pagan los viáticos? o una vez que uno fija el sueldo por hora los viáticos estan incluidos? y segunda pregunta: al trabajar por hora (12 hs semanales) les corresponde aguinaldo y vacaciones?
Hola eva:
Que dias y horas trabajas?
Hola Eduardo:
Te va a convenir que trabaje 44 hroas semanales con un sueldo de $ 1303.- si trabaja medio mes medio sueldo. El aporte es de $81.75 Fijate quien te conviene en tu casa sea el empleador ya que se puede descontar de ganancias el sueldos y la contribución de seguridad social con un tope pero algo podes descontar