Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008
Nuevos Sueldos Mínimos
- Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
- Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
- Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
- CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
- Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-
Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.
Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.
El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico
La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.
El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-, o pensión por fallecimiento e invalidez
Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.
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Hola, tengo una empleada domestica que trabaja de 10 a 18 hs… le pago $1100 por mes y todo el blanqueo completo. Cuanto deberia pagarle? Le corresponde pago de aguinaldo y vacaciones? siempre se lo pague pero no se si le correspondia…
si le agregara una hora mas diaria, cuanto deberia pagarle por mes?
Mil gracias!!!!
Fernanda:
La cuenta es asi 571.- por 88 horas mensuales 25 semanales aproximadamente 105 mensuales 105-88=17×8.70=147.90 mas 571= sueldo 718.90 si le pagas 800 esta bien
Voy a tomar una chica para que trabaje en casa de 8 a 13 hs en blanco pagandole $800. Esta bien?
Estoy por tomar a una chica para trabajar 5 horas por día de Lunes a Viernes. Ella quería $1200 o $15 la hora. Le dije que para mí me era imposible y habìa pensado en darle $ 800 y blanquearla. ¿Está Bien?
Ine:
Porque la tenes que despedir si es ella que se quiere ir, no encuadra dentro del regimen de servicio domestico Mi consejo realiza una entrevista en el ministerio de trabajo y llega a un arreglo con ella que le das algo de plata y que deja de trabajar. Vacaciones y aguinaldo no le correposnden pero si siempre se lo pagaste tenes que pagarselo