Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008
Nuevos Sueldos Mínimos
- Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
- Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
- Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
- CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
- Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-
Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.
Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.
El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico
La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.
El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-, o pensión por fallecimiento e invalidez
Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
hola yo trabajo en una casa de familia,estoy blanqueada y trabajo 8 horas de lunes a viernes,cuido una nena de 5 años y un bebe de meses,tambien me ocupo de toda la tarea domestica. quisiera saber cunto debo ganar,ya q estan pagandome $1000..muchas gracias,espero respuesta inmediata..
M
$1.142.- por tareas generales y te correpsonde pagar $46.75 de la obra social pero si hace sdos trabajo a mi modo de ver corresponde la categoria de niñera especializada que es el sueldo de $1303.-
hola: quisiera saber cuanto le debo pagar a una persona para cuidar a mis dos hijos.la carga horaria seria de lunes a viernes de 12 a 19hs y sabado de pormedio de 8 a 14 hs. en total 152 hs mensuales.
soledad
$571.- por 88 horas al mes y $8.70 por hora excedente
Graciela
Tenemos en caso trabajando una señora para cuidar a nuestra hija y hacer algunas tareas de la casa, limpiar y planchar. La consulta es porque posiblemente mi esposa tenga que dejar de trabajar y debamos prescindir de los servicios, le abonamos $ 1000 + el total de los aportes, le debo abonar indemnizacion, preaviso, como se calcula.
Desde ya muchas gracias
trabajo 16 hs semanales , 4 hs x dia de lunes a jueves cuanto deberia cobrar tengo derecho a aguinaldo y vacaciones ? gracias
Mi primer pregunta es la siguiente, las 88hs. mensuales por un salario de $ 571, puede incluir hs en dias sábados?; y la otra pregunta es: el excedente de hs. a ocupar debo pagarlas como extra a $ 8.70, ¿como debo liquidarlas, en planilla adicional? y cuanto corresponde al empleador y cuanto al empleado. Muchas Gracias
Viviana
Los 571 son por jornada reducida, porsupesto que si la haces tarbajar lso sabados y domingos las horas no se calculan de la misma manera, ahora si va en la semana y unas horas los sabados si las podes incluir, todo depende cada caso es particular y hay que estar en el lugar y ver el tipo de tareas, etc. Las horas excendete no son extras son horas excedentes de las que tendria que trabajar. En el recibo pones sueldo tantas horas e importe, no entiendo lo de la planilla adiccional? Los aportes son $81.75 de los cuales trabajador 46.75 dador de trabajo $35.- Recibo de sueldo sueldo por tantas horas $….. menos aportes a la obra social $46.75= $ … firman dos ejemplares uno para cada uno. Fijate quien en tu casa conviene sea el dador de trabajo, ya que sueldo y contribucion se puede descontar de ganancias