Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008
Nuevos Sueldos Mínimos
- Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
- Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
- Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
- CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
- Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-
Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.
Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.
El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico
La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.
El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-, o pensión por fallecimiento e invalidez
Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
hola graciela , vuelvo a preguntar si a mi como empleada domestica me corresponde cobrar la asignasion por hijo? ya que tengo entendido que todos deben cobrar , siendo una ley universal . por favor espero tu respuesta lo mas pronto posible. gracias
ema
Si el servicio domestico esta incluido en la lista para poder cobrar, si tu esposo no lo cobra te paso unos articulos publicados por mi
http://www.econoblog.com.ar/4497/atencion-anses-asignacion-universal-por-hijo/#more-4497
http://www.econoblog.com.ar/4379/anses-reglamentara-la-asignacion-universal-por-hijo/#more-4379
Hola graciela, quisiera saber que sueldo debo abonarle a una Sra.(«A») que deseo contratar para el cuidado de mi madre y pequeños quehaceres (sin lavado ni planchado). Ella trabajaría un día completo (24 hs) y 2 noches a la semana.
Una segunda pregunta: es correcto 1600 pesos de sueldo y 1 franco semanal para una persona («B») que trabaja en la primera categoría (dama de compañia)4 días con cama adentro y 2 días con retiro 12 horas? Desde ya muchas gracias.
(Estoy repitiendo las preguntas 301 y 311 despues de leer tu respuesta a Ema)
Cristina
La señora «A» no hay un sueldo establecido tendrias que ver y dicidir vos.
la «B» esta bien ese sueldo ya que por trabajar por cama con un franco por semana le corresponde $ 1565.- y ella tendria mas francos en la semana
hola graciela, por favor te agradeceria que me contestes el msj 302. por favor te lo pido
EMA
Cuando no respondo algo tienen que volver a preguntar,no puedo volver atras y buscar la pregunta. Perdon pero aveces se me pasan algunas
Hola, les agradecería si pudieran responder la pregunta del msj 301 y agrego, ya que son tan amables, otra que me pidieron les haga: es correcto 1600 pesos de sueldo y 1 franco semanal para una persona que trabaja en la primera categoría (dama de compañia)4 días con cama adentro y 2 días con retiro 12 horas? Muchas gracias.
SILVIA:
En este link podes consultar las remuneraciones mínimas a abonar a empleados de serv. doméstico (excepto trabaje en la provincia de còrdoba)
http://www.econoblog.com.ar/860/salarios-vigentes-noviembre-2008-servicio-domestico/
En el caso de empleada con cama (excepto pcia. de Còrdoba) que realice trabajos de Primera categoría (como el caso de una dama de companía) el salario mínimo mensual es de $ 1565.