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Aumento del sueldo mínimo personal servicio domestico

Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008 Nuevos Sueldos Mínimos Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso […]

Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.

Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008

Nuevos Sueldos Mínimos

  • Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
  • Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
  • Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
  • CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
  • Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-

Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.

Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.

El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico

La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.

El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-,  o pensión por fallecimiento e invalidez

Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.

Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.

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627 comentarios en “Aumento del sueldo mínimo personal servicio domestico”

  1. Graciela, buen dia, te cuento tengo una niñera de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 hs, le pago 1258,25 + 81.75 de aportes, mas $ 40 por semana de viaticos, me podras ayudar y decirme cuanto le tengo que aumentar?

    desde ya muchas gracias!!
    Melisa

  2. Quisiera saber cual seria mi sueldo trabajo 10 hs de lunes a viernes hago de todo en la casa y ademas cuido a dos niños.Espero su respuesta gracias.

  3. Hola Graciela, una vez más pidiéndote ayuda:
    Desde hace 2 años tenía a una Sra. para el cuidado de mi madre y tareas grales (cat.1). Después de 2 meses de prueba le solicité el cuil para efectuar los aportes. Me pidió que no lo hiciera por que cobraba un seguro de desempleo que le era necesario y de efectuar yo los aportes, lo perdería. Cuando me avisó que había finalizado comencé entonces a hacer los aportes (siempre le extendí recibo de sueldo). Al segundo mes, al día siguiente de cobrar «me plantó» enviando luego telegrama de renuncia. Ahora, dos meses después, nuevo telegrama intimandome a presentar comprobantes de pago (a ella siempre le entregué copia de los recibos) y de aportes que obviamente no tengo. Me jugó mal y yo también asumo que como contribuyente estuve equivocada ¿que puedo hacer? ¿Se puede aportar ahora lo no aportado supongo que con un interés? Su actitud me afecta más en lo moral (y a mi madre ni te cuento) que en lo económico. Desde ya muchas gracias siempre me fueron muy útiles tus respuesta.

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