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Aumento del sueldo mínimo personal servicio domestico

Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56. Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008 Nuevos Sueldos Mínimos Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso […]

Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.

Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008

Nuevos Sueldos Mínimos

  • Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
  • Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
  • Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
  • CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
  • Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-

Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.

Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.

El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico

La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.

El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-,  o pensión por fallecimiento e invalidez

Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.

Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.

627 comentarios en “Aumento del sueldo mínimo personal servicio domestico”

  1. hOLA MI EMPLEADA VIENE CON REITERADAS AUSENCIAS DESDE OCTUBRE 09, Y ESTE MES FALTO 4 DÍAS SEGUIDOS AVISANDO UN DOMINGO QUE NO VENDRIA POR 4 DÍAS, 28 29 30 31 DE DIC. TAMPOCO VINO HOY LUNES 4 NI VENDRA EN ESTA SEMANA YA QUE VIAJÓ AL EXTERIOR A VER A UN FAMILIAR. ESTO ME LO AVISÓ POR TEL EL 1° DE ENERO… CÓMO DEBO PROCEDER ?

    DEBO ENVIAR AVISO PREVIO ESTA SEMANA QUE NO ESTARÁ?

    Graciela, ella trabaja de lu a jueves 10 horas y 3 horas los viernes, desde nov 2006

    1. Mercedes

      Si tenes que enviarle un telegrama o carta documento intimandola a que se presente y traiga el correposndiente certificado justificando su ausencia sin permiso, ponele que su actitud es reiterada y si no se presenta y justifica su falta debidamente sera despedida. Pero esta sola prueba no es causa de despido con causa, tenes que juntar varias reiteraciones, luego si note trae certificado suspendela algun dia y si no queres que trabaje mas acercate al Ministerio y llega a un arreglo

  2. Graciela, ella trabaja de lu a jueves 10 horas y 3 horas los viernes, desde nov 2006, soy de la consulta 415.

  3. Tengo una empleada que viene tres veces por semana 2 horas cada vez y quisiera pasarla a régimen de todos los días de lunes a sábado por lo menos 4 horas cada día. Entiendo que tendría que inscribirla y pagarle un sueldo en forma mensual. Quisiera saber cuanto le corresponde y cuantos son los aportes.
    gracias

  4. hOLA MI EMPLEADA VIENE CON REITERADAS AUSENCIAS DESDE OCTUBRE 09, Y ESTE MES FALTO 4 DÍAS SEGUIDOS AVISANDO UN DOMINGO QUE NO VENDRIA POR 4 DÍAS, 28 29 30 31 DE DIC. TAMPOCO VINO HOY LUNES 4 NI VENDRA EN ESTA SEMANA YA QUE VIAJÓ AL EXTERIOR A VER A UN FAMILIAR. ESTO ME LO AVISÓ POR TEL EL 1° DE ENERO… CÓMO DEBO PROCEDER SI QUIERO DESPEDIRLA? DEBO ENVIAR AVISO PREVIO ESTA SEMANA QUE NO ESTARÁ? DEBO PAGAR INDEMNIZACIÓN O ES CON CAUSA? GRACIAS

    1. MERCEDES

      Faltan datos para poder responder esa pregunta, tiempo trabajado horas, etc. pero si hoy no viene intimala hoy mismo por telegram ao carta documento a que se presente y luego tenes que esperar a las 48 horas lueog de haber recibido el telegtrama o la carta documento y en el mientras tanto ella seguro ya regresa y no podes considerar el abandono de trabajo. Se deben mandar como 3 telegramas o cartas documentos, pero si te sirve para juntar las pruebas y despedirla peor necesitas pruebass fehacientes y una de ellas son que ella debe si o si justificar las faltas, intimala y a que regrese y presente certificado de su ausencia. Si la queres despedir necesitas pruebas, pode stambien llegar a un arreglo en el ministerio de trabajo, pero somo te dije anteriormente las pregunats deben ser completas

  5. hola mi consulta es la 403 por favor necesito una respuesta mas clara yo estoy asiendo aportes como empleada domestica pero no trabajo EN UNA CASA DE FAMILIA es una empresa con fines de lucro ellos dicen que por trabajar 15 horas semanales soy empleada domestica ellos me pagan por día día trabajado día pagado que los aportes son por 15 horas 46 pesos por favor espero una respuesta a también quiero saber si me corresponde aguinaldo y vacaciones ya hace 9 años y nunca cobre ninguna de las dos cosas

    1. miriam

      Hay un error servicio domestico no es empresa con fines de lucro acercate al ministerio y pregunta? asi podes decir bien cual es tu trabajo especifico y te dicen el convenio al que perteneces, podes preguntar sin hacer mencion del lugar donde prestas servicios para evitar problemas? y asi sabes el convenio al que pertences

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