Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008
Nuevos Sueldos Mínimos
- Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
- Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
- Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
- CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
- Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-
Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.
Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.
El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico
La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.
El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-, o pensión por fallecimiento e invalidez
Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.
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Tengo una empleada doméstica, servicio cama adentro (de lunes a viernes) desde hace un año y tres meses. Mensualmente se le hace los aportes correspondientes a su servicio. Hace un tiempo que su servicio se empezó a resentir y manifiesta molestia ante las observaciones o reclamos. Desde la semana pasada no regresó a trabajar ni envió mensaje, no se la puede localizar en el teléfono ni en la dirección que dejó. ¿Qué cabe hacer para disolver la relación laboral?
Ester
Enviale un telegrama intimandola y si no lo recibe ni te contesta acercate al ministerio de trabajo y dejalo asentado
si me pueden ayudar se los voy agradecer si trabajo de 8hs hasta las 17:00hs todos los dias y sabados 4 o 5hs con todos los quehaceres de la casa cuanto me deben pagar sin estar en blanco.Gracias
marcela
$1502.14 por trabajar 176 horas al mes, mas $10.27 por cada hora excendente que trabajes
alguien me puede ayudar cuanto tengo que cobrar por cuidar a una anciana por 15 dias 12hs.GRACIAS
Graciela,
la persona que trabaja en casa empezó el 1 de diciembre del 2009. Tengo entendido que no le corresponden vacaciones no?? Nosotros nos vamos 2 semanas en febrero, pero no queremos que venga a casa durante ese período. Le tenemos que pagar el sueldo completo? Como se maneja?
Muchas Gracias!
FLORENCIA
Tenes que hacer un arreglo con ella, vos te arriesgas a que cuando vuelvas ella haya conseguido otro trabajo y no te venga más, eso depende de ustedes, podes darle algo y llegar a un arreglo
Hola! Tengo una empleada que trabaja 6 horas diarias los lunes y los viernes. Está en blanco hace tres meses. Le pago mensualmente a razón de $ 12 la hora trabajada, son mas o menos de acuerdo a como tocan los lunes y viernes en cada mes. Los feriados que no trabaja, debo abonarselos? En caso afirmativo, puedo pedirle que me recupere las hora sotro día? Le corresponde aguinaldo? Y vacaciones? Muchas Gracias!!
Guadalupe
No entra dentro del regimen de servicio domestico, aguinaldo particularmente considero que lo deben cobrar todos los que trabajan, pero legalmente no le corresponde, podes darle algo si queres. Feriado si no va no lo cobra