Aumento en el sueldo mínimo para el Personal del servicio domestico, la norma rige con retroactivo al 1º d noviembre, los sueldo no subían desde el mes de marzo. Por la Resolución Nº 1538/08 del Ministerio de Trabajo se publico el día jueves 17/12/2008 en el Boletín oficial y es de un 26%. Fija las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Estos sueldos no habían sido modificados desde fines del año 2007 que se había otorgado en cuotas en los meses de noviembre del 2007 y marzo del 2008
Nuevos Sueldos Mínimos
- Trabajador del Servicio Domestico con retiro que trabaja 8 horas diarias de $ 906.- paso a $ 1.142.-
- Trabajador del Servicio domestico por hora de $ 6.90 paso a $ 8.70
- Trabajadores del Servicio Domestico con categoría mas alta de institutriz, mayordomo, damas de compañía y preceptores sin retiro con 8 horas diarias CATEGORÍA PRIMERA pasa de $ 1.114.- a $ 1.565.-
- CATEGORÍA PRIMERA con 8 horas diarias y retiro pasa a ser $ 1.404.-
- Trabajadores del Servicio domestico, con una labor diaria de hasta 4 horas pasa a ser $571.-
Los sueldos mínimos del servicio domestico aunque no llegan se aproximan al Salario Mínimo Vital y Móvil que a partir de Diciembre pasa a ser $ 1.240.- mensuales.
Desde el Gobierno admiten que, en forma progresiva, la intención es de equiparlo con el salario Mínimo Vital y Móvil.
El Salario Mínimo de los trabajadores del Servicio domestico es regulado por el Ministerio de Trabajo, a instancia del Tribunal de Trabajo Doméstico
La AFIP informo que hay 370.000 personas registradas bajo esta modalidad de trabajo. El estar en blanco permite a estos trabajadores tener un régimen de Seguridad Social.
El aporte es de $72.- suma fija por mes, $37.- corresponden al trabajador y $35.- corresponden al empleador, y de esta manera el trabajador del servicio domestico cuenta con una obra social, y pagando un adicional de $31.- por persona puede incluir en ella a su grupo familiar. Además de poder contar el día de mañana con 30 años de aportes con derecho a una jubilación mínima, hoy de $ 690.-, o pensión por fallecimiento e invalidez
Se estima que en los próximos días esta cuota podría aumentar por el mayor valor del costo de la salud.
Por su parte, el patrón o dador de trabajo puede deducir hasta $ 9.000.- por año de la base imponible del Impuesto a las Ganancias. Ese beneficio puede alcanzar los $ 3.150 anuales para los contribuyentes de ingresos más altos.
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Hola Graciela si tuviese una empleada que trabaja de Miercoles a Viernes de 8 a 18 hrs con 1:30 de descanso, sabados de 7:30 a 20:30 como tardisimo con 1:30 de descanso y domingos de 7:30 a 20:00 con retiro, cuanto le corresponderia trabajar.
Y a una empleada que trabaje el de sabado a domingo con cama con ese mismo horario?
buenos días, voy a contratar una señora que me ayude con la casa y deseo blanquearla, Quisiera saber cuál sería su salario por 8 horas semanales (divididas en dos jornadas de cuatro horas cada una) y si corresponde legalmente que le pague el viático. Las tareas son exclusivamente de limpieza general, sin cocina ni cuidado de niños. Por otro lado, debo abonarle la hora ‘legal’ a $10.27 o se le debe abonar lo que la señora pretende cobrar que es $15 la hora como a sus otros empleadores que la tienen en negro? Muchas gracias, el sitio es muy informativo, saludos; Liza.
una pregunta mas,cuanto deberia cobrar por hora trabajando de lunes a viernes mañana y tarde?
hola trabajo cuidando una bebe de lunes a viernes,mañana y tarde un total de 20 hs semanales me pagan los aportes pero cuanto deberia cobrar?
pamela
No entiendo la pregunta esta mal mañana y tarde? la pregunta debe ser completa y clara
cuanto se debe pagar a una niñera de lunes a viernes 9 hs por dia y ocuparce de la limpieza de los niños ?
adriana
$1537.54 por trabajar 176 horas al mes o sea 8 horas de lunes a viernes, más $10.27 por cada hora excendete