Billete de un dólar escondido

Compras en dólares en el exterior previas a la ley sin impuesto del 30%

El impuesto del 30% excluye a las compras en dólares en el exterior previas a la entrada en vigencia de la ley.

Hoy ha comenzado a tratarse el proyecto de ley que presentó el Gobierno el lunes pasado. Tras una serie de negociaciones, el oficialismo ha decidido modificar el artículo 40 que establece un impuesto del 30% a las compras de dólares en el exterior. El cambio al texto busca que sólo se aplique a aquellos pagos realizados con tarjetas de crédito y de débito en comercios extranjeros con posterioridad a la entrada en vigencia de la nueva ley.

El proyecto contemplaba la aplicación de un nuevo impuesto a las compras en el exterior, el cual no podrá tomarse como un pago a cuenta de Ganancias.

En el texto se indica que la aplicación de dicho tributo comenzaría a hacerse a partir del primer día siguiente a la entrada en vigencia de la ley. Es decir, no es retroactivo a las compras efectuadas previamente.

El gran problema es que los compradores realizan el pago tomando el tipo de cambio del día del cierre del resumen de la tarjeta. Por lo cual, como estaba redactado originalmente, todos los consumos serían alcanzados por el nuevo gravamen.

Es por esta razón que se ha modificado el proyecto para que quedan excluidos aquellos pagos que se realizan de forma previa a la sanción de la ley.

La aplicación, recaudación y ejecución judicial quedará a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el 70% de los fondos serán destinados a la seguridad social y el 30% a obras de infraestructura y vivienda.

Recordemos que este impuesto también se aplicará a aquellas personas que realicen la compra de dólares, la cual seguirá teniendo el tope de USD200 mensuales establecidos por la administración de Mauricio Macri para operaciones por homebanking y de USD100 para las compras en efectivo.

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