Los salarios del Servicio Domestico subieron un 26% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 1538/08-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 17/12/08, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Los nuevos salarios rigen con retroactivo al 1ro. de noviembre de 2008, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | Sueldo hasta Octubre/08 | A partir Noviembre/08 |
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1114.- | $ 1565.- |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1024.- | $ 1452.- |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1010.- | $ 1273.- |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 906.- | $ 1142.- |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | |||
QUINTA | todo el personal con retiro | $ 906.- | $ 1142.- |
Personal que trabaja 4 horas diarias. | Cada hora que exceda de las 4 horas se incrementará el jornal horario | Por hora | |
hasta Octubre/08 | $ 453.- | $6,90 | $6,90 |
Noviembre/08 | $ 571.- | $8,70 | $8,70 |
Los nuevos montos fueron dispuestos por la resolución 1538 de la cartera laboral, publicada ayer en el Boletín Oficial. En sus fundamentos, la medida menciona el incremento del salario mínimo general, dispuesto en julio último, tras un acuerdo entre empresarios y sindicalistas. Esa remuneración básica fijada por un consejo que preside el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, deja al margen los ingresos del personal doméstico. No obstante ello, en los últimos años se convirtió en una práctica de la cartera laboral establecer, con posterioridad a las resoluciones surgidas del citado consejo, una mejora para los ingresos de quienes trabajan en esta actividad.
Dicho sea de paso, el salario mínimo para los trabajadores de otros sectores se eleva desde este mes de $ 1200 a $ 1240.
Si bien no existen datos actualizados de salarios desagregados por actividad económica, históricamente el sector de servicio doméstico, caracterizado por una alta informalidad, es el de ingresos más bajos.
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Hola silvia:
El sueldo es por 176 horas mensuales $1142.- por mes en tu caso tendrias que sumarle las horas excedente y pagarle $8.70 por hora excedente.
Cuando pagas los aportes en la parte inferior esta el recibo de sueldo que tenes que hacerle firmar, y en la parte de atras podes aclarar que le pagas el sueldo y los aportes incluido la obra social para su hijo y firman de ambos lados
Buenas tardes, tengo una empleada que cuida a mi niño de 3 años, de lunes a viernes de 8.30 a 18 le pago aportes y obra social para su hijo, pero nunca le hice firmar recibo, como puedo resguardarme al respecto? de acuerdo a la ley, cuanto corresponderia que le pague ?
Gracias por la respuesta! Saludos cordiales
Hola Martin:
Lo que corresponde es pagarle por hora $8.70 la hora.
Vos le podes dar la plata y que ella lo pague como un mandado pero el responsable si por cualeuri cosa no se paga sos vos o vos te van a reclamar los aportes, tenes que guardarte la copia del pago y el recibo firmado por ella como que le pagaste el sueldo y los aportes
Hola, tengo una chica que cuida a mi hijo 3 veces por semana. No tiene experiencia. Lo hace 10 hs. por dìa con lo cual son 30 semanales. En que categoría debería en cuadrarla? Cuánto lo corresponde por mes de sueldo bruto? Lo otro que te quería consultar es sobre el pago de aportes y obra social. Me dijeron que puedo darle el dinero y que lo pague ella, tenes idea si es así? Muchas GRacias.