Los salarios del Servicio Domestico subieron un 26% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 1538/08-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 17/12/08, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Los nuevos salarios rigen con retroactivo al 1ro. de noviembre de 2008, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | Sueldo hasta Octubre/08 | A partir Noviembre/08 |
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1114.- | $ 1565.- |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1024.- | $ 1452.- |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1010.- | $ 1273.- |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 906.- | $ 1142.- |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | |||
QUINTA | todo el personal con retiro | $ 906.- | $ 1142.- |
Personal que trabaja 4 horas diarias. | Cada hora que exceda de las 4 horas se incrementará el jornal horario | Por hora | |
hasta Octubre/08 | $ 453.- | $6,90 | $6,90 |
Noviembre/08 | $ 571.- | $8,70 | $8,70 |
Los nuevos montos fueron dispuestos por la resolución 1538 de la cartera laboral, publicada ayer en el Boletín Oficial. En sus fundamentos, la medida menciona el incremento del salario mínimo general, dispuesto en julio último, tras un acuerdo entre empresarios y sindicalistas. Esa remuneración básica fijada por un consejo que preside el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, deja al margen los ingresos del personal doméstico. No obstante ello, en los últimos años se convirtió en una práctica de la cartera laboral establecer, con posterioridad a las resoluciones surgidas del citado consejo, una mejora para los ingresos de quienes trabajan en esta actividad.
Dicho sea de paso, el salario mínimo para los trabajadores de otros sectores se eleva desde este mes de $ 1200 a $ 1240.
Si bien no existen datos actualizados de salarios desagregados por actividad económica, históricamente el sector de servicio doméstico, caracterizado por una alta informalidad, es el de ingresos más bajos.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Ok. Muchas gracias! La retrib. ya incluye el pago de $72? o es el neto?
Otra pregunta: se pagan las vacaciones?
Paola: al no ser jornada de 8 horas, se calcula media jornada 571 mas el valor de la hora excedente 8,70. Lo cual te da más que una jornada de 8 horas. Por lo tanto te conviene pagarle como jornada de 8 horas para la cual la retribucion mínima es $1142. Los aportes de $72, se hacen mensualmente con el formulario 102.
Me gusteria saber si en la tabla arriba los salarios estan basada en trabajando 5(168 horas por mes) o 6 dias (200 horas por mes) de la semana. Tambien queria saber como calcular el salario por una empleada que trabaja 7 horas por dia con retiro haciendo tareas de limpeza, cocina y cuida un chico. Es possible a restar del salario fijo de ocho horas o tengo que usar el salario fijo de 4 horas y aggregar los horas extra pagando por hora? Muchas Gracias
Victoria: la ley establece mínimos remunerativos, en tu caso para 15 horas es $522 y para 20 $696. De ahí en mas, va de acuerdo a los valores del mercado laboral, la experiencia del trabajador, y la calidad de atencion que demandes para tus hijos, o sea que lo que le pagas está bien.
Muchas gracias Graciela. Saludos,
María