Los salarios del Servicio Domestico subieron un 26% lo dispuso el Ministerio de Trabajo por Resolución 1538/08-MTEySS publicada en el Boletín Oficial el día 17/12/08, fijando las remuneraciones mensuales mínimas para el Personal de Trabajo Doméstico comprendido en las categorías laborales establecidas por el Decreto Nº 7979/56.
Los nuevos salarios rigen con retroactivo al 1ro. de noviembre de 2008, de esta manera, los ingresos MÍNIMOS para los trabajadores del Servicio Domestico son los siguientes:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | Sueldo hasta Octubre/08 | A partir Noviembre/08 |
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1114.- | $ 1565.- |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1024.- | $ 1452.- |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1010.- | $ 1273.- |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 906.- | $ 1142.- |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | |||
QUINTA | todo el personal con retiro | $ 906.- | $ 1142.- |
Personal que trabaja 4 horas diarias. | Cada hora que exceda de las 4 horas se incrementará el jornal horario | Por hora | |
hasta Octubre/08 | $ 453.- | $6,90 | $6,90 |
Noviembre/08 | $ 571.- | $8,70 | $8,70 |
Los nuevos montos fueron dispuestos por la resolución 1538 de la cartera laboral, publicada ayer en el Boletín Oficial. En sus fundamentos, la medida menciona el incremento del salario mínimo general, dispuesto en julio último, tras un acuerdo entre empresarios y sindicalistas. Esa remuneración básica fijada por un consejo que preside el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, deja al margen los ingresos del personal doméstico. No obstante ello, en los últimos años se convirtió en una práctica de la cartera laboral establecer, con posterioridad a las resoluciones surgidas del citado consejo, una mejora para los ingresos de quienes trabajan en esta actividad.
Dicho sea de paso, el salario mínimo para los trabajadores de otros sectores se eleva desde este mes de $ 1200 a $ 1240.
Si bien no existen datos actualizados de salarios desagregados por actividad económica, históricamente el sector de servicio doméstico, caracterizado por una alta informalidad, es el de ingresos más bajos.
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Buenos dias’ una consulta debo hacer recibo de sueldo? o con el Formulario 102 es suficiente?
Si lo debo hacer que debe contener’
Muchas graciass
Buenos dias una consulta: Es necesario hacerle RECIBO DE SUELDO a las empleadas? o con el F 102 de pago de aportes es suficiente?
Si debo hacerlo que debe contener?
Muchisimas gracias
Hola Mariana:
Para mas seguridad acercate al Ministerio de trabajo y pregunta como la encuadras para hacerlo bien, ya que 9 horas porque? no decis que esta 24 horas? si averiguas algo luego comentalo gracias
¡FELIZ NAVIDAD GRACIELA! Y muchísimas Gracias por tus orientaciones…
Si..ahora sí lo entiendo..200hs.- son estimativas al mes, y Gracias también x lo de los $200.- imaginé que no le correspondían…por sino te molésto más antes del finde, Muy Felíz Año para vos y los tuyos :)
Tengo una duda.
En casa trabaja una señora desde el viernes al mediodía hasta el domingo a la noche o a veces prefiere irse los lunes a la mañana.
Corresponde que la inscriba? si la rta es sí, bajo qué categoría?
Cómo se calculan las horas que ella trabaja? 9 x día?
Gracias
Mariana