El vencimiento original estaba previsto para fin de mes pero debido a los elevados pedidos de las cámaras inmobiliarias, la AFIP lo prorrogó hasta el 20 de junio de 2011.-
Según esta normativa, los operadores inmobiliarios debían hasta el día 30 de septiembre de 2010 informar los contratos de locación y/o cesión siempre que se encuentren vigentes al 1º de agosto pasado.
La Resolución Nº 2.820 de la AFIP dispuso el Régimen Informativo por el cual los operadores del sector debían inscribirse si realizaban más de tres transacciones anuales o en conjunto superaban los $300.000.
La prorroga hasta el 30 de junio de 2011, además de los anterior establece que se deberá informar los alquileres que superen los $8.000 mensuales y los arrendamientos rurales de más de 30 hectáreas.
Ricardo Echegaray, Director de la AFIP, en declaraciones formuladas expresó que: “la medida beneficia a los inquilinos ya que podrán pedir a los propietarios una copia de la constancia donde figuren los datos del contrato que firmó».
La norma vigente establece que las empresas y particulares que “realicen o intervengan en operaciones económicas vinculadas con bienes inmuebles deberán inscribirse en el denominado Registro de Operaciones Inmobiliarias”.
En caso de tratarse de propiedades que pertenezcan a sujetos residentes en el exterior, la obligación a cumplir estará a cargo de sus representantes en el país.
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Tengo una duda con respecto a este regimen: los corredores inmobiliarios solo deben empadronarse o deben empadronarse e informar? Agradeceria si alguien puede despejarme esta duda.
Muchas gracias!!!
Haydée
Por ahora se inscriben y de ser necesario tendran que informar, por ahora vence 30 de junio de 2011