De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.013 toda persona que trabaja en relación de dependencia y es despido tiene derecho a cobrar una Prestación por Desempleo. La misma se conforma de una Prestación económica por desempleo, la Prestación médico-asistencial de acuerdo, el pago de Asignaciones Familiares y el cómputo del período de las prestaciones a los efectos previsionales. Deberá presentar la documentación correspondiente en la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES.
La persona que es despedida de su trabajo puede solicitar cobrar el Fondo de Desempleo, es necesario que sus datos y los de su grupo familiar se encuentren cargados en la base de datos del ANSES. Si esta seguro que sus datos están debidamente actualizados no es necesario presentar la documentación. Se le recuerda que todas las notificaciones enviadas al domicilio por usted declarado serán válidas.
De producirse alguna modificación de los datos personales o de su grupo familiar, será obligatoria su comunicación al organismo nacional respaldado con la documentación pertinente.
Es importante que presente la documentación para iniciar el cobro del Fondo de Desempleo dentro de los treinta (30) días.
Fuente ANSES
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Hola les queria consultar que tengo que hacer si se me paso la fecha para cobrar el fondo de desempleo? Pierdo esa plata o puedo hacer algun reclamo? Gracias
quisiera sacar turno para cobrar el fondo de desempleo para el lunes
antonio
Cobrar? Hiciste el tramite?
http://www.econoblog.com.ar/9816/anses-sacar-turnos-por-internet/
Hola quisiera saber cuantos dias tengo para cobrar cada mes el fondo de desempleo y que pasa si me paso de esa fecha. Gracias
cuando cobro el fondo de desempleo, quiero saber si cobra junto el salario con el fondo???
milagros
si
buenas tardes necesito saber que es lo que se cobra despues del fondo de desempleo…gracias