Fondo de desempleo de la Anses

Cobrar el Fondo de Desempleo

De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.013 toda persona que trabaja en relación de dependencia y es despido tiene derecho a cobrar una Prestación por Desempleo. La misma se conforma de una Prestación económica por desempleo, la Prestación médico-asistencial de acuerdo, el pago de Asignaciones Familiares y el cómputo del período de las prestaciones a los efectos previsionales. Deberá presentar la documentación correspondiente en la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES. La persona que es despedida de su trabajo puede solicitar cobrar el Fondo de Desempleo, es necesario que sus datos y los de su grupo familiar se encuentren cargados en la base de datos del ANSES. Si esta seguro que sus datos están debidamente actualizados […]

De acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.013 toda persona que trabaja en relación de dependencia y es despido tiene derecho a cobrar una Prestación por Desempleo. La misma se conforma de una Prestación económica por desempleo, la Prestación médico-asistencial de acuerdo, el pago de Asignaciones Familiares y el cómputo del período de las prestaciones a los efectos previsionales. Deberá presentar la documentación correspondiente en la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES.

La persona que es despedida de su trabajo puede solicitar cobrar el Fondo de Desempleo, es necesario que sus datos y los de su grupo familiar se encuentren cargados en la base de datos del ANSES. Si esta seguro que sus datos están debidamente actualizados no es necesario presentar la documentación. Se le recuerda que todas las notificaciones enviadas al domicilio por usted declarado serán válidas.

De producirse alguna modificación de los datos personales o de su grupo familiar, será obligatoria su comunicación al organismo nacional respaldado con la documentación pertinente.

Es importante que presente la documentación para iniciar el cobro del Fondo de Desempleo dentro de los treinta (30) días.

Fuente ANSES

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69 comentarios en “Cobrar el Fondo de Desempleo”

  1. hola yo queria saber cuanto tiempo tengo para gestionar el fondo de desenpleo yo fui despedida en agosto personalmente sin ninguna carta le pedi al que era mi empleador hace poco que me mande la carta documento para poder hacer el tramite puedo sacar el turno ahora?…muchas gracias

  2. Buenas noches Graciela, quisiera saber si me corresponde cobrar el fondo de desempleo, ya que me despidieron de mi trabajo en relación de dependencia. Además de estar en blanco, soy monostributista, pero nada tiene que ver con el trabajo de donde me despidieron. Me corresponde el cobro de la asignación? Muchas gracias. Saludos.

  3. hola yo pago el monotributo categoria c me despidieron de mi trabajo con 21 años de antiguedad ¿puedo cobrar el fondo desempleo?

    1. ramon

      Los monotributistas no cobran Fondo de Desempleo, trabajan por su cuenta NO EXISTE DESPIDO te tendrias qe haber despedido VOS mismo

  4. Hola. Necesito saber si es posible cobrar las 2 cuotas q me otorgaron como fondo de desempleo juntas y como tengo q hacer. Este mes sería la primera. Gracias!!

  5. Hola, perdì el turno para cobrar en el banco la cuota de desempleo. Para reclamar me tengo que presentar directamente en Anses o tengo que pedir turno por internet?
    Muchas gracias!

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