La cartera laboral del Ministerio de Trabajo a través de la Resolución Nº 1.538 publico en el Boletín Oficial una nueva escala salarial de remuneraciones mínimas para el personal del servicio domestico, que varía la categoría según la tareas realizada y las horas que trabaje.
La nueva media tiene vigencia con retroactivo al 1º de noviembre de 2008, según los dispuesto por el Gobierno a través de la cartera laboral del Ministerio de Trabajo, los salarios mínimos para el Personal del Servicio Doméstico, que se desempañan con retiro o con cama adentro, son los que a continuación publicamos:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | Sueldo hasta Octubre/08 | A partir Noviembre/08 | |
Personal con retiro | Personal c/cama | |||
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1114.- | $ 1404.- | $ 1565.- |
SEGUNDA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 1024.- | $ 1303.- | $ 1452.- |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 1010.- | $ 1142.- | $ 1273.- |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 906.- | $ 1142.- | |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | ||||
QUINTA | todo el personal con retiro | $ 906.- | $ 1142.- | |
Personal que trabaja 4 horas diarias. | Cada hora que exceda de las 4 horas se incrementará el jornal horario | Por hora | ||
hasta Octubre/08 | $ 453.- | $6,90 | Hora de excedencia | $6,90 |
Noviembre/08 | $ 571.- | $8,70 | $8,70 | $8,70 |
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Graciela: mi empleada trabaja 6 hs por día de lunes a viernes (30 hs semanales)desde marzo de 2007. Se ocupa de la casa y de los 2 chicos, no cocina. ¿Cuánto debo pagarle? ¿Cuántos días de vacaciones le corresponden?
Hola Claudia:
QUINTA
Empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías SEGUNDA y TERCERA
$ 1.132,50
SEXTA
Empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías SEGUNDA y TERCERA
$ 940,00
quisiera saber cuanto tengo que pagarle a mi empleada doméstca trabaje 4,5 hs, de lunes a sabado. de 8:30 a 13:00 hs. soy de la provincia de cba.
Hola Graciela
Estoy en blanco y no puedo seguir trabajo como empleada doméstica qué pasos debo seguir.
Desde ya muchas gracias.
Germán: el mínimo que le tenes que pagar si son tareas domésticas generales es $1142. En el formulario 102 tenes que poner el total incluido el aguinaldo o sea $1713, los aportes en ese caso no varían porque incluyas el aguinaldo. Si queres tener constancia de los conceptos que le pagaste podes respaldarlo con un recibo aparte.