La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, lanzó una guía online para la presentación de las Declaración Jurada de los Monotributistas, cuyo vencimiento opera el próximo 30 de septiembre de 2010. El Fisco Nacional subió a su página Web un instructivo que detalla los pasos a seguir, de los pequeños contribuyentes que ganan más de $6.000 al mes. Deberán informar entre otras cosas, energía eléctrica consumida y los alquileres cancelados entre enero y agosto pasado.
Faltan muy pocos días para el vencimiento de la presentación de la Declaración Jurada Informativa Cuatrimestral de los Monotributistas. La AFIP puso a su disposición una guía online con los pasos a seguir.
Los contribuyentes adheridos al Monotributo deberán antes del 30 de septiembre próximo cumplir con lo dispuesto por la Resolución General Nº 2.888 e informar a partir del primer cuatrimestre de año 2010 y por cada cuatrimestre siguiente, los datos relacionados con las operaciones realizadas, indicando sus principales clientes y proveedores, datos del consumo de la energía eléctrica y del local donde desarrolla su actividad comercial.
- Ventas totales del período, indicando la primer y última factura emitida
- Detallar cinco principales clientes y cinco proveedores, los más importantes
- Detallar si del local explotado es propietario o inquilino:
De ser inquilino indicar:
- CUIT del propietario
- Fecha de inicio y culminación del contrato de locación
- Alquileres devengados
- Datos del consumo de la energía eléctrica:
- CUIT del sujeto a cuyo nombre se emite la factura
- Identificación de la empresa proveedora y su CUIT
- Números de las facturas pagadas durante el cuatrimestre
Si el Monotributistas es:
- Profesional
- Nº CUIT del consejo o colegio en el que se encuentre matriculado
- Fecha de matriculación o, en su defecto, la de expedición del título profesional.
- Transportista
- Indicar si es titular o alquila el vehículo utilizado para su explotación
- Nº de dominio
- Datos del seguro y número de la póliza contratada.
La presentación de la información se deberá realizar hasta el último día hábil de los meses de enero, mayo y septiembre de cada año.
IMPORTANTE: debido a que esta normativa fue prorrogada, se acepta la presentación del primer cuatrimestre hasta el próximo día 30 de septiembre.
La presentación de la DDJJ se realiza mediante transferencia electrónica de datos ingresando a la página de la AFIP con su CUIT y “Clave Fiscal” opción «Sistema Registral», opción «Declaración de Monotributo Informativa”.
Los contribuyentes que estando obligados a su presentación no la realicen, tendrán multas de hasta $45.000 y podrán ver reducidos a la mitad sus ingresos.
El caso es de que una vez que la AFIP realice las correspondientes verificaciones, y detecte el incumplimiento, el fisco nacional comenzará a aplicar retenciones en el Impuesto al Valor Agregado, IVA y en Ganancias a la máxima tasa posible.
Como prevé la Resolución General Nº 2.616, la retención de IVA es del 21% y de Ganancias es del 35%, arroja un porcentaje del 56% que se le practicará de retención.
Fuente AFIP
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.