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ANSES: ¿Cómo se Trámita el Subsidio por Fallecimiento?

Como ya hemos informado la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES incremento el Subsidio de Contención Familiar de $1.000.- a $1.800.- a partir del mes de mayo de 2010. El organismo pretende con este subsidio apaciguar los gastos ocasionados con el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado. El trámite para el cobro del mismo se puede hacer conjuntamente con la pensión, en las delegaciones del ANSES y en el Correo Argentino. El subsidio de contención Familiar será abonado por ANSES al beneficiario dentro de los noventa (90) días de haber acreditado la correspondiente documentación. El derecho a su cobro prescribe en todos los casos luego del año de ocurrido el mismo. ¿Cómo se tramite el subsidio de Contención Familiar? […]

Como ya hemos informado la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES incremento el Subsidio de Contención Familiar de $1.000.- a $1.800.- a partir del mes de mayo de 2010. El organismo pretende con este subsidio apaciguar los gastos ocasionados con el fallecimiento de un jubilado y/o pensionado. El trámite para el cobro del mismo se puede hacer conjuntamente con la pensión, en las delegaciones del ANSES y en el Correo Argentino.

El subsidio de contención Familiar será abonado por ANSES al beneficiario dentro de los noventa (90) días de haber acreditado la correspondiente documentación. El derecho a su cobro prescribe en todos los casos luego del año de ocurrido el mismo.

¿Cómo se tramite el subsidio de Contención Familiar?

  • Viudos/as o hijos menores o discapacitados podrán realizar el trámite, conjuntamente al de la Pensión, ingresando a la página de ANSES, sesión “Pensión Derivada Automática”. En los supuestos casos de haber coparticipación de la mencionada pensión, el subsidios será liquidado  porcentualmente al beneficio otorgado a cada uno. En los casos de no existir derechos habientes, podrán recibir este beneficio los herederos o  parientes por consanguinidad.
  • En el Correo Argentino: La persona que se hizo cargo del pago de los gastos de sepelio y posea la factura a su nombre extendida por la empresa funeraria, podrá realizar el trámite ante cualquier sucursal de Correo, con su DNI.
  • En las Delegaciones de ANSES:
  1. Los herederos del beneficiario fallecido podrán iniciar el trámite conjuntamente  al momento de tramitar el reintegro de los haberes devengados.
  2. Si no existen herederos se puede presentar un familiar que se haya encargado de los gastos de enfermedad del fallecido, podrá iniciar los trámites en ANSES.

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104 comentarios en “ANSES: ¿Cómo se Trámita el Subsidio por Fallecimiento?”

  1. Hola .-
    No tengo la factura ya que la del se pelio se hizo cargo un seguro privado, pèro mi mama era jubilada y creo que corresponde un reintegro, como hago el tramite sin la factura ??
    Gracias
    Ana

    1. ana maria

      Si no tenes la factura a tu nombre no te corresponde, como heredera podrias tramitar los días del mes que no cobro y el aguinaldo proporcional

  2. mi padre fallecio el hera trabajador de la construccion donde me puedo averiguar si el tiene algun seguro de trabajo y que otros seguros podria tener grax

  3. hola queria saber que tramites trendia que hacer por el fallecimiento de mi madre ella se fue hace menos de un mes yo soy su hija legitima tengo mi hermano mayor y mi papá que tengo que hacer la factura de los gastos de cepelio estan a nombre de mi tio el hermano de mi mamá podremos hacer igual los papeles.

  4. Sres del Anses yo trabajo en relacion de dependencia ante el fallecimineto de mi suegro tengo derecho al cobro de algun subsidio.Mi esposa hija legitima puede hacer algun tramite para el cobro unque no haya sido la persona que s eencargo del tramite en la cocheria.
    gracias

    1. Roberto

      Los herederos pueden tramitar los dias sin cobrar de la jubilación, l subsidio si no tienen la factura a su nombre no va a poder cobrarlo

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