La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha dispuesto una feria fiscal desde el día de la fecha hasta el 31 de marzo de 2020. En este período se suspende el cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización, entre otros. Sin embargo, no se prorrogan los vencimientos.
En el marco de las medidas adoptadas para evitar la propagación del Coronavirus, se solicitó una prórroga en los vencimientos de AFIP.
Los encargados de enviar este pedido a la titular del organismo, Mercedes Marcó del Pont, han sido la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
A pesar del pedido, la entidad recaudadora decidió no mover el cronograma de vencimientos como se le solicitó aunque estableció una feria fiscal extendiendo los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social.
AFIP aclaró que en este periodo no se suspenden las acciones por lo cual podrá enviar notificaciones, dictar actos administrativos, imponer multas y realizar operativos. Sin embargo durante el mismo quedan en suspendo el cómputo de los plazos que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos.
De forma paralela, las oficinas de AFIP han limitado su atención al público. Sólo se brindará la misma a aquellos sujetos que han solicitado un turno previamente por Internet.
El organismo informó que se han cancelado todos los turnos que se otorgaron hasta el momento por lo que los contribuyentes deben solicitar un nuevo turno, el cual se otorgará minimizando la concentración en las delegaciones.
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