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Monotributistas que deben presentar la Declaración Jurada de Ganancias y/o Bienes Personales

Los Monotributistas que tienen la obligación de presentar la declaración Jurada de Bienes Personales son aquellos que: Contribuyente inscripto Contribuyente que no estando inscripto  pero que al día 31 de diciembre tiene bienes por un valor igual o superior a $305.000.- Deberán según la Resolución Nº 2.428/08 de la AFIP, presentar la correspondiente declaración Jurada con el  programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales V.9” debiendo completar únicamente la parte correspondiente a Bienes Personales.     2.   Los Monotributistas que reciben ingresos exclusivamente en actividades como monotributistas no tienen la obligación de presentar la declaración Jurada del Impuesto a las  Ganancias Seguinos Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog. Nuestro TikTok: @EconoBlog.

  1. Los Monotributistas que tienen la obligación de presentar la declaración Jurada de Bienes Personales son aquellos que:

  • Contribuyente inscripto

  • Contribuyente que no estando inscripto  pero que al día 31 de diciembre tiene bienes por un valor igual o superior a $305.000.-

Deberán según la Resolución Nº 2.428/08 de la AFIP, presentar la correspondiente declaración Jurada con el  programa aplicativo denominado “Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales V.9” debiendo completar únicamente la parte correspondiente a Bienes Personales.

    2.   Los Monotributistas que reciben ingresos exclusivamente en actividades como monotributistas no tienen la obligación de presentar la declaración Jurada del Impuesto a las  Ganancias

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29 comentarios en “Monotributistas que deben presentar la Declaración Jurada de Ganancias y/o Bienes Personales”

  1. hola,una consultita,mi marido es monotributista, esta en la categoria E de servicios.yo todos los meses le pago el monotributo y los ingresos brutos,pero necesito saber si debe presentar alguna declaracion jurada anual o algo parecido a fin de cada año??

    1. soledad

      Declaracion jurada anual solamente la de ingresos brutos,no vence a fin de año. Depeden el tiepo de ingersos brutos es el vencimiento

  2. hay alguna entidad del gobierno que me pueda dar un subsidio soy monotibuto clase G y nesecito ayudaa para crecer

  3. Hola Melina:

    Te refiris a la Declaración Jurada mensual de ingresos brutos? es así ahora si perteneces al padron de ARBAnet la podes bajar vos, pero en marzo se debe presentar la DDJJ anual y todavia no esta claro como se va a realizar, si te animas a reempadronarte en monotributo y hacer la sliquidaciónd e ingresos brutos no necesitas el contador , pero aveces te ahorras unos pesos en el contador y leugo terminas pagando mal los impuestos y vas a tener que volver al contador para solucionar el problema y seguro te va a cobrar mas de que si estuvieras pagandole un sueldo Cadas uno decide, no es muy dificil pero aveces se complica

  4. Graciel,muy buenos dias.
    T comento que somos monotributista y nos han dicho que no es necesario llevar nuestros papeles al contador para obtener la DECLARACION JURADA MENSUAL,que nosotros mismos podemos obtenerla.Usted me podria dar alguna informacion al respecto??

    Desde ya muchas gracias…

Los comentarios están cerrados.

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