La AFIP ya estableció que el seguro de vida obligatorio de los empleados será recaudado a través del programa aplicativo denominado SICOSS a partir del 1º de enero de 2011.
La normativa establece que:
«los empleadores obligados al pago del seguro colectivo de vida obligatorio, a efectos de la determinación e ingreso del mismo, deberán, a partir del período devengado enero de 2011, utilizar el programa aplicativo SICOSS”.
«No obstante lo dispuesto en el artículo precedente, a partir del período devengado octubre de 2010, los sujetos indicados en el mismo para determinar nominativamente e ingresar, los aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, estarán obligados utilizar el Release 1 de la Versión 34 del mencionado programa aplicativo».
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