La AFIP, por medio de la publicación de la Resolución General 4703/2020, ha otorgado una prórroga de la feria fiscal hasta el domingo 10 de mayo de 2020, fecha en la cual finaliza esta etapa del aislamiento social, preventivo y obligatorio del coronavirus. Además, el organismo recaudador extendió el plazo mediante el cual no aplicará exclusiones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).
A pesar de esta medida, el Fisco Nacional no modifica el cronograma de vencimientos de impuestos.
Durante la feria fiscal, AFIP no aplicará procedimientos administrativos como determinaciones de oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de fiscalización. En este tiempo quedan en suspenso los pazos establecidos para que los contribuyentes respondan a requerimientos que le efectuaron.
Aparte, con la Resolución General N°4704/2020, el organismo ha suspendido las exclusiones de monotributistas correspondientes al mes de abril con el fin de amortiguar los efectos negativos de la cuarentena decretada por la pandemia. Esta medida beneficia a más de 3.600.000 pequeños contribuyentes de todo el país.
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