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Anses garantiza pago del SUAF a pesar de suspensiones

Anses garantiza el pago del SUAF a pesar de las suspensiones conforme al Artículo 2 del Decreto 592/16.

Hemos recibido una serie de consultas de empelados en relación de dependencia suspendidos por la cuarentena que desean saber si van a tener problemas a la hora de cobrar asignaciones familiares. Es por esta razón que EconoBlog desea aclara que la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) garantiza el pago del SUAF a pesar de las suspensiones conforme al Artículo 6 del Decreto 1245/96 sustituido por el Artículo 2 del Decreto 592/16.

Los empleadores deben informar al Ministerio de Trabajo los empelados que están suspendidos a causa del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

El personal suspendido debe tener en cuenta que esta situación no les generará ningún tipo de inconveniente a la hora de cobrar las asignaciones familiares del SUAF que les corresponde. Así lo establece el Artículo 2 del Decreto 592/2016, el cual se detalla a continuación:

Tendrán derecho a las asignaciones familiares establecidas en el art. 6, incs. a), b), c), d), e), f), g) y h) de la Ley 24.714, los trabajadores de temporada comprendidos en las disposiciones del art. 96 de la Ley 20.744, los trabajadores permanentes discontinuos a que se refiere el art. 18 de la Ley 26.727, los trabajadores de empresas de servicios eventuales durante el período de suspensión establecido en el art. 5, inc. a), del Dto. 1.694/06, las trabajadoras en relación de dependencia que se encuentren en goce de licencia legal por maternidad o en estado de excedencia, los trabajadores que se encuentren en período de conservación del empleo por causa de accidente o enfermedad inculpable y los trabajadores dependientes que se encuentren suspendidos por causa de fuerza mayor o falta o disminución del trabajo no imputable al empleador previstas en la Ley 20.744, todos ellos aún durante períodos en que no presten tareas o devenguen remuneraciones, siempre que registraren al menos tres meses de servicios con aportes o el equivalente a noventa jornadas efectivas de trabajo, dentro de los doce meses inmediatamente anteriores.

En los supuestos de licencia sin goce de sueldo por razones personales, licencia gremial sin goce de sueldo, suspensiones por causas disciplinarias o aquéllas no previstas expresamente en el párrafo anterior, no corresponderá la percepción de asignaciones familiares en los períodos en que no se devenguen remuneraciones ni se efectúen contribuciones al sistema de asignaciones familiares.

Cabe señalar que esto también se aplica a las madres que cobran el llamado SUAF por embargo tras haber cumplido con la presentación del Formulario PS 2.73 en el organismo previsional.

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8 comentarios en “Anses garantiza pago del SUAF a pesar de suspensiones”

  1. Silvia alicia

    Hola la afip el 20 de marso no se cobro de mi cuenta el monotributo soy categoria a y el mes pasado no pude depositar el pago este mes cobro igual el salario familiar o tendria que ponerme al dia el 10 ya depositaria el pago en mi cuenta para el pago del mlnotributo si me pudieran asesorar porfabor se lo agradeseriadesde ya muchisimas grasias

  2. No cobro suaf desde julio, el padre trabaja en policía federal..desde que hizo el cambio a cuna no volví a cobrar hasta ahora, nadie me da una solución,

Los comentarios están cerrados.

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