El día de la fecha, por medio de la publicación de la Resolución General 4708/2020 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha enviado a los bancos precisiones sobre el descuento de la cuota del Régimen General (Autónomos) y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) del Crédito Tasa Cero. De esta forma, las entidades financieras saben cómo deben proceder con los clientes alcanzados por este beneficio.
Los Créditos Tasa Cero son de hasta $150.000. Sin embargo, este tope está limitado por el 25% de la facturación anual.
El monto del préstamo se deposita en la tarjeta de crédito del contribuyente en tres cuotas. Los fondos podrán ser utilizados por ellos únicamente haciendo pagos por dicho medio, no pueden hacer extracciones en efectivo.
En casa desembolso, el banco debe descontar la cuota correspondiente al régimen en el cual el sujeto se encuentre encuadrado dentro de la base de AFIP. De este modo, el Fisco Nacional se asegura que el beneficiario cumplirá con el pago, una medida que fue criticada por varios especialistas.
En el caso de los monotributistas, los descuentos serán a los períodos fiscales correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2020. Para los autónomos será para los períodos devengados correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2020.
Las entidades bancarias tendrán que realizar la cancelación de os Volantes Electrónicos de Pago (VEP) mediante su red de pagos dentro de los tres días hábiles siguientes contados desde la generación.
Los contribuyentes podrán consultar la acreditación desde el servicio online «CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomo» de la página de AFIP con su CUIT y Clave Fiscal.
En caso de modificar su categoría, los beneficiarios tendrán que ingresar, en caso de corresponder, las diferencias. Si se generan saldos a su favor tendrán la oportunidad de realizar la reimputación de los montos mediante el servicio mencionado.
Recordemos que estos créditos forman parte del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) creado por el Gobierno en el marco de la inactividad económica producida por la emergencia sanitaria del coronavirus.
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hola me salio mal el importe puse $150.000 y me acreditaron $1.500 y no tengo respuesta de los reclamos