El día de la fecha, por medio de la publicación de la Resolución General 4714/2020 en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha oficializado dos medidas que EconoBlog anticipó, la ampliación de planes de facilidades de pago y prórroga en el vencimiento de presentación y pago de la Declaración Jurada (DDJJ) de Ganancias y del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para personas jurídicas.
Con estas medidas, el organismo no sólo da un alivio a los empresarios, también evita el quiebre de empresas garantizando puestos de trabajo.
Los efectos negativos del aislamiento social, preventivo y obligatorio en la economía son muy grandes. Por tal motivo es indispensable que se adopten medidas para que no cierren las empresas y los trabajadores sigan teniendo trabajo una vez controlada la pandemia del coronavirus Covid-19.
Se ha duplicado la cantidad de planes de facilidades de pago permanentes para las medianas y grandes empresas, pasando dicho tope de tres a seis.
La normativa vigente permite que las Pequeñas y medianas Empresas (Pymes) difieran 60 días el pago del IVA amortiguando la diferencia entre el percibido y el devengado. Ahora, este sector podrá financiar el pago de dicho tributo en un plan de pagos.
La RG 4714/20 suspende la calificación del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) para planes de pagos del Impuesto a las Ganancias para mayo. Esto permite que todas las empresas puedan hacer un pago a cuenta del 25% y financiar el resto en hasta tres cuotas.
También se ha prorrogado el vencimiento de ganancias para las personas jurídicas con cierre de ejercicio en diciembre. Con lo cual, el vencimiento que iniciaba hoy se extendió al 26 y 27 de mayo.
Otra de las medidas es que se postergó el plazo para la presentación de estados contables. El vencimiento para las empresas con cierre de ejercicio en noviembre estaba previsto para el 29 de mayo pero se ha movido a fines de junio.
En cuanto al vencimiento del IVA para el período fiscal Abril/2020, se trasladó al 20, 21 y 22 de mayo.
Por otro lado, se ha prorrogado la feria fiscal de AFIP hasta el 24 de mayo de 2020. Con lo cual se han extendido todos los plazos procedimentales en materia impositiva, aduanera y de la seguridad social hasta dicha fecha. Es importante tener en cuenta que esto no quiere decir que se suspendan las acciones llevadas adelante por el Fisco Nacional.
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